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Estatuto
de Jerusalén
En
1947, de acuerdo a la resolución 181 (III) de la Asamblea
General, que preveía la creación de los Estados de
Israel y Palestina, Jerusalén se preveía como una
zona desmilitarizada, como una entidad separada bajo la responsabilidad
del Consejo de Administración
Fiduciaria de la ONU, el cual prepararía un Estatuto
para la ciudad con vigencia para diez años y nombraría
un gobernador.
Sin
embargo, la resolución no pudo ser aplicada debido a las
constantes hostilidades, ya que Israel ocupó el sector occidental
de Jerusalén y Jordania el oriental. En 1950, Israel proclamó
Jerusalén como su capital y Jordania formalizó el
control sobre la ciudad antigua, aunque a reserva de una solución
definitiva de la cuestión de Palestina.
Tras
la guerra de 1967, Israel logró ocupar Jerusalén Oriental
y la Ribera Occidental, efectuando desde entonces modificaciones
demográficas y físicas que la Asamblea General y el
Consejo de Seguridad han declarado reiteradamente inválidas.
En 1980, Israel adoptó medidas para establecer su capital
en una Jerusalén unificada y la Asamblea General consideró
que la actuación de Israel constituía una violación
al derecho internacional incluyendo el "Cuarto Convenio de
Ginebra" relativo la protección de personas civiles
en tiempo de guerra. Esta posición ha sido constantemente
reafirmada por la Organización de las Naciones Unidas.
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