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Comité
para la eliminación de la discriminación contra
la mujer
CEDAW
Este
Comité es establedico por el artículo 17 de la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer, con el fin de examinar los progresos
realizados en la aplicación de sus disposiciones.
El
Comité está integrado por 23 expertos con mandatos de cuatro
años de duración y que desempeñan el cargo a título
personal y no como delegados o representantes de sus países
de origen. Estos expertos son elegidos por sufragio secreto
de una lista de personas "de gran prestigio moral y competencia
en la esfera abarcada por la Convención", propuestas por los
Estados Partes. En este sufragio se tiene en cuenta la distribución
geográfica equitativa y la representación de diversas civilizaciones
y sistemas jurídicos.
El
Comité cuenta con muchas diferencias en relación con
otros órganos de documentos humanos. ya que desde sus
comienzos, y con una sola excepción, ha estado integrado exclusivamente
por mujeres. Los miembros proceden y siguen procediendo de
una gran variedad de medios profesionales. El caudal de experiencia
del Comité se manifiesta favorablemente en los procedimientos
de examen y comentario de los informes presentados por los
Estados Partes.
La
función del Comité es servir de sistema de vigilancia
de la aplicación de la Convención por los Estados que la hubieren
ratificado o se hubieren adherido a ella, a través
del examen de los informes presentados por los Estados Partes.
También puede invitar a organismos especializados de las Naciones
Unidas a que envíen informes para su estudio y puede recibir
información de organizaciones no gubernamentales.
El
Comité se reúne durante dos semanas todos los años. Es la
reunión más breve de todos los comités creados en virtud de
un tratado de derechos humanos.
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