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Comisión
de la Condición Social y Jurídica de la Mujer
La
Comisión Social y Jurídica de la Mujer fue establecida
como una comisión de del Consejo Económico y
Social por su resolución 11(II) del 21 de junio de
1946 para preparar recomendaciones e informes al Consejo para
promover los derechos de las mujeres en los ámbitos
político, económico, civil, social y educacional.
La
Comisión también hace recomendaciones al ECOSOC
sobre problemas urgentes que requieran atención inmediata
en el campo de los derechos humanos. El objeto de la Comisión
es promover la implementación del principio de que
hombres y mujeres tendrán los mismo derechos. El mandato
de la Comisión fue extendido en 1987 a través
de la resolución 1987/22. En seguimiento a la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer de
1995, la Asamblea General ordenó a la Comisión
integrar en sus programas un seguimiento de la Conferencia
con revisiones periódicas de las áreas críticas
de preocupación de la Plataforma de Acción y
el desarrollo de su papel catalizador en la inclusión
de una perspectiva de género en las actividades de
las Naciones Unidas.
La
Comisión comenzó sus labores con 15 miembros,
que han aumentado a 45 en la actualidad. Estos miembros son
electos por el ECOSOC por un período de cuatro años.
Los miembros nombrados por los gobiernos se eligen de la siguiente
forma:
| Africa |
13 |
| Asia |
11 |
| Europa
oriental |
4 |
| América
Latina y el Caribe |
9 |
| Europa
occidental y otros Estados |
8 |
La
Comisión se reúne anualmente por un período
de 10 días.
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la página oficial de la Comisión
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