Capítulo
34
34. TRANSFERENCIA
DE TECNOLOGÍA ECOLÓGICAMENTE RACIONAL,
COOPERACIÓN Y AUMENTO DE LA CAPACIDAD
INTRODUCCIÓN
34.1. Las
tecnologías ecológicamente racionales protegen
al medio ambiente, son menos contaminantes, utilizan todos los
recursos en forma más sostenible, reciclan una mayor
porción de sus desechos y productos y tratan los desechos
residuales en forma más aceptable que las tecnologías
que han venido a sustituir.
34.2. En
el contexto de la contaminación, las tecnologías
ecológicamente racionales son "tecnologías
de procesos y productos" que no generan desechos o generan
pocos, a fin de prevenir la contaminación. También
comprenden tecnologías de "etapa final" para
el tratamiento de la contaminación, luego de que ésta
se ha producido.
34.3. Las
tecnologías ecológicamente racionales no son meramente
tecnologías aisladas, sino sistemas totales que incluyen
conocimientos técnicos, procedimientos, bienes y servicios
y equipo, al igual que procedimientos de organización
y gestión. Esto implica que, al analizar la transferencia
de tecnologías, también habría que ocuparse
de los aspectos de las opciones tecnológicas relativos
al desarrollo de los recursos humanos y el aumento de la capacidad
local, así como de los aspectos que guardan relación
con los intereses propios del hombre y la mujer. Las tecnologías
ecológicamente racionales deberían ser compatibles
con las prioridades socioeconómicas, culturales y ambientales
que se determinasen en el plano nacional.
34.4. Existe
una necesidad de acceso a tecnologías ecológicamente
racionales y de su transferencia en condiciones favorables,
en particular a los países en desarrollo, mediante medidas
de apoyo que fomenten la cooperación tecnológica
y que permitan la transferencia de los conocimientos tecnológicos
especializados necesarios, así como el fomento de la
capacidad económica, técnica y administrativa
para el empleo eficiente y el desarrollo ulterior de la tecnología
que se transfiera. La cooperación tecnológica
supone esfuerzos en común de las empresas y los gobiernos,
tanto los proveedores de la tecnología como sus receptores.
Por consiguiente, dicha cooperación entraña un
proceso repetitivo en que deben participar el gobierno, el sector
privado y las instituciones de investigación y desarrollo
para obtener los mejores resultados posibles de la transferencia
de tecnología. Para que se mantenga con éxito
una asociación a largo plazo en cooperación tecnológica
se necesitará forzosamente una capacitación sistemática
continuada y el aumento de la capacidad a todos los niveles
durante un lapso prolongado de tiempo.
34.5. Las
actividades que se proponen en el presente capítulo están
destinadas a mejorar las condiciones y los procesos relativos
a la información, el acceso a las tecnologías
y su transferencia (incluidos la tecnología más
moderna y los conocimientos especializados conexos), en particular
para los países en desarrollo, así como en lo
que se refiere al aumento de la capacidad y los mecanismos de
cooperación y asociaciones cooperativas en la esfera
de la tecnología, a fin de fomentar el desarrollo sostenible.
Serán imprescindibles tecnologías nuevas y eficaces
para aumentar la capacidad, especialmente de los países
en desarrollo, de alcanzar el desarrollo sostenible, sustentar
la economía mundial, proteger el medio ambiente y mitigar
la pobreza y el sufrimiento humano. Implícita en estas
actividades está la necesidad de abordar el perfeccionamiento
de la tecnología que se utiliza actualmente y su reemplazo,
cuando proceda, por una tecnología más accesible
y ecológicamente más racional.
Bases para
la acción
34.6. El
presente capítulo del Programa 21 es sin perjuicio de
los compromisos y arreglos concretos sobre transferencia de
tecnología que se adopten en los distintos instrumentos
internacionales.
34.7. La
asequibilidad de la información científica y tecnológica
y el acceso a la tecnología ecológicamente racional
y su transferencia son requisitos indispensables para el desarrollo
sostenible. El suministro de información apropiada sobre
los aspectos ecológicos de las tecnologías actuales
consta de dos componentes relacionados entre sí: el perfeccionamiento
de la información sobre las tecnologías actuales
y sobre las más modernas, así como de la información
sobre los riesgos que entrañan para el medio ambiente,
y el aumento del acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales.
34.8. El
objetivo primordial de un mejor acceso a la información
tecnológica es permitir que se hagan elecciones con conocimiento
de causa que faciliten el acceso a dichas tecnologías
y su transferencia, así como el fortalecimiento de la
capacidad tecnológica endógena de los países.
34.9. Una
gran proporción de los conocimientos tecnológicos
útiles es de dominio público. Es necesario el
acceso de los países en desarrollo a las tecnologías
que no estén protegidas por patentes o sean de dominio
público. Los países en desarrollo también
deberían tener acceso a los conocimientos técnicos
y especializados necesarios para utilizar dichas tecnologías
en forma efectiva.
34.10. Es
preciso examinar la función de los derechos de patente
y propiedad intelectual y sus efectos en el acceso a tecnologías
ecológicamente racionales y su transferencia, en particular
para los países en desarrollo, y seguir estudiando el
concepto del acceso seguro de los países en desarrollo
a tecnologías ecológicamente racionales en su
relación con los derechos protegidos por patentes con
miras a atender eficazmente a las necesidades de los países
en desarrollo en esta esfera.
34.11. La
tecnología patentada se puede conseguir comercialmente
y las actividades empresariales internacionales constituyen
un vehículo importante para la transferencia de tecnología.
Debería tratarse de aprovechar este fondo común
de conocimientos y combinarlo con las innovaciones locales con
objeto de conseguir tecnologías sustitutivas. Al mismo
tiempo que se siguen estudiando los conceptos y las modalidades
que aseguren el acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales, así como a las tecnologías más
modernas, en particular a los países en desarrollo, debería
fomentarse, facilitarse y financiarse, según procediera,
un mayor acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales, otorgándose al mismo tiempo incentivos justos
a los innovadores que promoviesen la investigación y
el desarrollo de nuevas tecnologías ecológicamente
racionales.
34.12. Los
países receptores requieren tecnología y un mayor
apoyo para ayudarlos a desarrollar aún más su
capacidad científica, tecnológica, profesional
y afín, teniendo en cuenta las tecnologías y la
capacidad existentes. Ese apoyo permitiría a los países,
especialmente los países en desarrollo, hacer elecciones
tecnológicas más racionales. En tal caso esos
países podrían evaluar en mejor forma las tecnologías
ecológicamente racionales antes de su transferencia y
aplicarlas y manejarlas en debida forma, así como perfeccionar
las tecnologías ya existentes y adaptarlas a sus necesidades
y prioridades de desarrollo particulares.
34.13. Es
indispensable contar con una masa crítica de capacidad
de investigación y desarrollo para la difusión
y utilización efectivas de tecnologías ecológicamente
racionales y su creación en el plano nacional. Los programas
de educación y formación deberían reflejar
las necesidades de actividades de investigación definidas
orientadas hacia los objetivos y deberían esforzarse
por producir especialistas familiarizados con la tecnología
ecológicamente racional y dotados de una perspectiva
interdisciplinaria. El logro de esta masa crítica supone
mejorar la capacidad de artesanos, técnicos y administradores
de categoría intermedia, científicos, ingenieros
y educadores, y fomentar sus correspondientes sistemas de apoyo
social o administrativo. La transferencia de tecnologías
ecológicamente racionales también supone adaptarlas
e incorporarlas en forma innovadora en la cultura local o nacional.
Objetivos
34.14. Se
proponen los siguientes objetivos:
a) Velar
por el acceso, en particular de los países en desarrollo,
a la información científica y tecnológica,
incluida la información sobre las tecnologías
más modernas;
b) Promover,
facilitar y financiar, según proceda, el acceso a las
tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia,
así como los conocimientos técnicos especializados
correspondientes, en particular a los países en desarrollo,
en condiciones favorables, inclusive en condiciones de favor
y preferenciales según arreglos mutuamente convenidos,
teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de
propiedad intelectual, así como las necesidades especiales
de los países en desarrollo en lo relativo a la ejecución
del Programa 21;
c) Facilitar
el mantenimiento y la promoción de tecnologías
autóctonas ecológicamente racionales que puedan
haber sido pasadas por alto o desplazadas, en especial en los
países en desarrollo, prestando especial atención
a las necesidades prioritarias de esos países y teniendo
en cuenta las funciones complementarias del hombre y la mujer;
d) Prestar
apoyo al fomento de la capacidad endógena, en particular
en los países en desarrollo, de modo que éstos
puedan evaluar, adoptar, gestionar y aplicar tecnologías
ecológicamente racionales. Esto podría conseguirse,
entre otras cosas, mediante:
i) El desarrollo
de los recursos humanos;
ii) El fortalecimiento
de la capacidad institucional de investigación y desarrollo
y de ejecución de programas;
iii)
La realización de evaluaciones sectoriales integradas
de las necesidades tecnológicas, de conformidad con los
planes, los objetivos y las prioridades de los países,
según se prevé en la ejecución del Programa
21 en el plano nacional;
e) Fomentar
asociaciones tecnológicas de larga duración entre
los propietarios de tecnologías ecológicamente
racionales y los posibles usuarios.
Actividades
a) Establecimiento
de redes de información internacionales que vinculen
los sistemas nacionales, subregionales, regionales e internacionales
34.15. Deberían
desarrollarse y vincularse los sistemas de información
nacionales, subregionales, regionales e internacionales existentes
mediante centros de intercambio de información regionales
que abarcaran amplios sectores de la economía, tales
como la agricultura, la industria y la energía. La red
podría incluir, entre otras, oficinas de patentes nacionales,
subregionales y regionales que cuenten con lo necesario para
redactar informes sobre la tecnología más moderna.
Las redes de centros de intercambio de información divulgarían
información sobre las tecnologías existentes,
sus fuentes, los riesgos que entrañan para el medio ambiente
y las condiciones generales de su adquisición. Funcionarían
sobre la base de la demanda de información y se centrarían
en las necesidades de información de los usuarios finales.
Tendrían en cuenta las funciones positivas que podrían
desempeñar las organizaciones internacionales, regionales
y subregionales, los círculos empresariales, las asociaciones
comerciales, las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos
y las redes nacionales recién creadas o fortalecidas
y los aportes que aquellas entidades podrían hacer.
34.16. Los
centros de intercambio de información internacionales
y regionales, de ser necesario, tomarían la iniciativa
de ayudar a los usuarios a determinar sus necesidades y difundir
información que satisficiera esas necesidades, utilizando
los sistemas de transmisión de noticias, información
pública y comunicaciones existentes. En la información
que se divulgara se pondrían de relieve y se expondrían
en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y
aplicado con éxito tecnologías ecológicamente
racionales. Para ser eficaces, los centros de intercambio de
información no sólo deberían facilitar
información, sino también remitir a otros servicios,
con inclusión de fuentes donde conseguir asesoramiento,
capacitación, tecnologías y evaluación
de tecnologías. De ese modo, los centros de intercambio
de información facilitarían el establecimiento
de empresas mixtas y asociaciones de diversos tipos.
34.17. Los
órganos competentes de las Naciones Unidas deberían
levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio
de información internacionales o regionales existentes.
La estructura existente debería fortalecerse y perfeccionarse
en los casos en que fuera necesario. Se deberían elaborar
nuevos sistemas de información, de ser necesario, a fin
de llenar las lagunas que se descubriesen en esa red internacional.
b) Apoyo
y fomento del acceso a la transferencia de tecnología
34.18. Los
gobiernos y las organizaciones internacionales deberían
fomentar, y alentar al sector privado a hacer lo propio, modalidades
efectivas para el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales y su transferencia, en particular a los países
en desarrollo, mediante, entre otras, las siguientes actividades:
a) Formulación
de políticas y programas para la transferencia eficaz
de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad
pública o de dominio público;
b) Creación
de condiciones favorables para alentar al sector privado y al
sector público a que innoven, comercialicen y utilicen
tecnologías ecológicamente racionales;
c) Examen
por los gobiernos y, cuando proceda, por las organizaciones
competentes de las políticas existentes, incluidos subsidios
y políticas fiscales, y las reglamentaciones para determinar
si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnologías ecológicamente
racionales, su transferencia y su introducción;
d) Examinar,
en un marco que integre en su totalidad el medio ambiente y
el desarrollo, los obstáculos a la transferencia de tecnologías
ecológicamente racionales de propiedad privada y adoptar
medidas generales apropiadas para reducir los obstáculos,
creando al mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de
otra índole, para la transferencia de dichas tecnologías;
e) En el
caso de las tecnologías de propiedad privada, se podrían
tomar las siguientes medidas, especialmente en beneficio de
los países en desarrollo:
i) Creación
y perfeccionamiento por los países desarrollados, así
como por otros países que pudieran estar en condición
de hacerlo, de incentivos apropiados, fiscales o de otra índole,
para estimular la transferencia de tecnologías ecológicamente
racionales por las empresas, en particular a los países
en desarrollo, como elemento integrante del desarrollo sostenible;
ii) Facilitación
del acceso a las tecnologías ecológicamente racionales
protegidas por patentes y su transferencia, en particular a
los países en desarrollo;
iii) Compra
de patentes y licencias en condiciones comerciales para su transferencia
a los países en desarrollo en condiciones no comerciales
como parte de la cooperación para el desarrollo sostenible,
teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de
propiedad intelectual;
iv) En cumplimiento
de las convenciones internacionales pertinentes a que se hayan
adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias específicas
reconocidas por ellas, tomar medidas para impedir el abuso de
los derechos de propiedad intelectual, incluidas las normas
relativas a su adquisición mediante un régimen
vinculante de concepción de licencias, con sujeción
al pago de una indemnización equitativa y suficiente;
v) Suministro
de recursos financieros para adquirir tecnologías ecológicamente
racionales a fin de que los países en desarrollo en particular
puedan aplicar medidas para promover el desarrollo sostenible
que, en caso contrario, les impondrían una carga especial
o desmesurada;
f) Elaborar
mecanismos para el acceso, en particular, de los países
en desarrollo, a tecnologías ecológicamente racionales,
y para su transferencia a esos países, teniendo en cuenta
al mismo tiempo la evolución del proceso de negociación
de un código internacional de conducta para la transferencia
de tecnología, como decidió la UNCTAD en su octavo
período de sesiones celebrado en Cartagena de Indias
(Colombia), en febrero de 1992.
c) Mejoramiento
de la capacidad de desarrollo y gestión de tecnologías
ecológicamente racionales
34.19. Se
deberían establecer o fortalecer marcos en los planos
subregional, regional e internacional para el desarrollo, la
transferencia y la aplicación de tecnologías ecológicamente
racionales y de los conocimientos técnicos especializados
correspondientes, con especial atención a las necesidades
de los países en desarrollo, incorporando dichas funciones
en órganos ya existentes. Dichos marcos facilitarían
iniciativas de los países desarrollados y los países
en desarrollo para estimular la investigación, el desarrollo
y la transferencia de tecnologías ecológicamente
racionales, en gran parte mediante mancomunación de esfuerzos
dentro de los países y entre ellos, así como entre
la comunidad científica y tecnológica, la industria
y los gobiernos.
34.20. Se
debería fomentar la capacidad nacional de evaluación,
desarrollo, gestión y aplicación de nuevas tecnologías.
Esto obligará a fortalecer las instituciones existentes,
capacitar al personal en todos los niveles y educar a los usuarios
finales de la tecnología.
d) Establecimiento
de una red de colaboración de centros de investigación
34.21. Debería
establecerse una red de colaboración de centros de investigación
nacionales, subregionales, regionales e internacionales en la
esfera de la tecnología ecológicamente racional
para mejorar el acceso a las tecnologías ecológicamente
racionales y su desarrollo, gestión y transferencia,
incluidas la transferencia y la cooperación entre países
en desarrollo y entre países desarrollados y países
en desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subregionales
o regionales de investigación, desarrollo y demostración
ya existentes que están vinculados a las instituciones
nacionales, en estrecha cooperación con el sector privado.
e) Apoyo
a los programas de cooperación y asistencia
34.22. Se
debería prestar apoyo a los programas de cooperación
y asistencia, incluidos los que ofrecen los organismos de las
Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras
organizaciones públicas y privadas competentes, en particular
a los países en desarrollo, en las esferas de la investigación
y el desarrollo y la creación de capacidad tecnológica
y de recursos humanos en las esferas de la capacitación,
el mantenimiento, la evaluación de las necesidades tecnológicas
nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la planificación
del desarrollo sostenible.
34.23. También
se debería prestar apoyo a los programas nacionales,
subregionales, regionales, multilaterales y bilaterales de investigación
científica, difusión de información y desarrollo
de la tecnología entre los países en desarrollo,
incluso mediante la participación de empresas e instituciones
de investigación públicas y privadas, así
como la financiación de programas de cooperación
técnica entre países en desarrollo en esta esfera.
Ello debería llevar aparejada la creación de vínculos
entre esos elementos para asegurar una máxima eficacia
en lo referente al conocimiento, la divulgación y la
aplicación de tecnologías para el desarrollo sostenible.
34.24. La
formulación de programas mundiales, subregionales y regionales
debería incluir la determinación y evaluación
de las prioridades regionales, subregionales y nacionales basadas
en las necesidades. Los planes y estudios para fundamentar estos
programas deberían servir de base para una posible financiación
por parte de los bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones
bilaterales, las entidades del sector privado y las organizaciones
no gubernamentales.
34.25. Se
deberían patrocinar visitas de expertos idóneos
de países en desarrollo en la esfera de las tecnologías
ecológicamente racionales que actualmente estén
trabajando en instituciones de países desarrollados,
y facilitar el regreso voluntario de dichos expertos a sus países.
f) Evaluación
tecnológica en apoyo a la gestión de tecnologías
ecológicamente racionales
34.26. La
comunidad internacional, en particular los organismos de las
Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras
organizaciones competentes, así como organizaciones privadas,
deberían cooperar en el intercambio de experiencias y
en el fomento de la capacidad para la evaluación de necesidades
tecnológicas, sobre todo en los países en desarrollo,
a fin de que éstos puedan hacer elecciones basadas en
tecnologías ecológicamente racionales. Para tal
fin deberían:
a) Crear
una capacidad de evaluación tecnológica para la
gestión de tecnologías ecológicamente racionales,
incluida la evaluación de los efectos sobre el medio
ambiente y los riesgos que entrañan para éste,
teniendo debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en
materia de transferencia de tecnologías sujetas a prohibiciones
por razones ecológicas o sanitarias;
b) Fortalecer
la red internacional de centros regionales, subregionales o
nacionales de evaluación de la tecnología ecológicamente
racional, junto con centros de intercambio de información,
con objeto de aprovechar las fuentes de evaluación tecnológica
antes mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos
centros, en principio, podrían brindar asesoramiento
e impartir capacitación en situaciones nacionales definidas
y fomentar la creación de capacidad nacional en materia
de evaluación de la tecnología ecológicamente
racional. Debería estudiarse, según procediera,
la posibilidad de encomendar esa actividad a las organizaciones
regionales ya existentes antes de crear instituciones totalmente
nuevas, y también debería estudiarse, según
procediera, la financiación de esta actividad mediante
asociaciones entre el sector público y el privado.
g) Mecanismos
y asociaciones de colaboración
34.27. Se
deberían promover acuerdos de colaboración a largo
plazo entre empresas de países desarrollados y de países
en desarrollo con objeto de desarrollar tecnologías ecológicamente
racionales. Las empresas transnacionales, como depositarias
de conocimientos técnicos poco difundidos necesarios
para la protección y el mejoramiento del medio ambiente,
tienen una función y un interés especiales en
la promoción de la cooperación en materia de transferencia
de tecnología, ya que constituyen importantes cauces
para dicha transferencia, y para crear una reserva de recursos
humanos capacitados y fortalecer la infraestructura necesaria.
34.28. Se
deberían promover empresas mixtas de proveedores y beneficiarios
de tecnologías, teniendo en cuenta las prioridades de
política y los objetivos de los países en desarrollo.
Junto con la inversión extranjera directa, esas empresas
mixtas podrían constituir importantes cauces para la
transferencia de tecnologías ecológicamente racionales.
Mediante dichas empresas mixtas e inversiones directas, sería
posible transferir y mantener prácticas racionales de
ordenación del medio ambiente.
Medios de
ejecución
Financiación
y evaluación de los costos
34.29. La
secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo
total medio por año (1993-2000) de ejecución de
las actividades de este capítulo ascenderá a una
cifra de 450 a 600 millones de dólares, que la comunidad
internacional suministrará a título de donación
o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas
y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen
por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras,
incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras
cosas, de las estrategias y los programas específicos
que los gobiernos decidan ejecutar.