Capítulo
15
15. CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
INTRODUCCIÓN
15.1 Los objetivos y las actividades del presente capítulo
del Programa 21 están destinados a mejorar la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos, así como a apoyar
el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
15.2 Los bienes y los servicios esenciales de nuestro planeta
dependen de la variedad y la variabilidad de los genes, las
especies, las poblaciones y los ecosistemas. Los recursos biológicos
nos nutren, nos visten y nos proporcionan alojamiento, medicamentos
y sustento espiritual. Los ecosistemas naturales de los bosques,
las sabanas, las praderas y los pastizales, los desiertos, las
tundras, los ríos, los lagos y los mares contienen la
mayor parte de la biodiversidad de la Tierra. Las tierras de
los agricultores y los jardines son también de gran importancia
como reservas, en tanto que los bancos de genes, los jardines
botánicos, los parques zoológicos y otras reservas
de plasma germinal aportan una contribución pequeña
pero importante. El actual empobrecimiento de la biodiversidad
es en gran parte resultado de la actividad humana y constituye
una grave amenaza para el desarrollo humano.
AREA DE PROGRAMAS
Conservación de la diversidad biológica
Bases para la acción
15.3 Pese a los crecientes esfuerzos hechos en el curso de los
20 últimos años, ha continuado el proceso de pérdida
de la diversidad biológica del mundo, principalmente
a causa de la destrucción de los hábitat, el cultivo
excesivo, la contaminación y la introducción inadecuada
de plantas y animales foráneos. Los recursos biológicos
constituyen un capital con un gran rendimiento potencial de
beneficios sostenibles. Es preciso tomar urgentemente medidas
decisivas para conservar y mantener los genes, las especies
y los ecosistemas, con miras a la ordenación y la utilización
sostenibles de los recursos biológicos. Hay que reforzar
en los planos nacional e internacional la capacidad de evaluación,
estudio y observación sistemática de la biodiversidad.
Se requieren una acción nacional y una cooperación
internacional eficaces para la protección in situ de
los ecosistemas, la conservación ex situ de los recursos
biológicos y genéticos y el mejoramiento de las
funciones de los ecosistemas. La participación y el apoyo
de las comunidades locales son factores esenciales para el éxito
de tal enfoque. Los adelantos recientes de la biotecnología
han destacado la capacidad potencial que el material genético
contenido en las plantas, los animales y los microorganismos
tiene para la agricultura, la salud y el bienestar, así
como para fines ambientales. Al mismo tiempo, es particularmente
importante subrayar en este contexto que los Estados tienen
el derecho soberano a explotar sus propios recursos biológicos
en consonancia con sus políticas ambientales, así
como la responsabilidad de conservar su biodiversidad, de utilizar
sus recursos biológicos de manera sostenible y de velar
por que las actividades que se realicen bajo su jurisdicción
o control no causen daños a la biodiversidad biológica
de otros Estados o de las zonas situadas fuera de los límites
de la jurisdicción nacional.
Objetivos
15.4 Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo
de los organismos de las Naciones Unidas y de las organizaciones
regionales, intergubernamentales y no gubernamentales competentes,
el sector privado y las instituciones financieras, y teniendo
en cuenta las poblaciones indígenas y sus comunidades,
así como los factores sociales y económicos, deberían:
a) Presionar para la pronta entrada en vigor del Convenio sobre
la Diversidad Biológica, con la participación
más amplia posible;
b) Elaborar estrategias nacionales para la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos;
c) Incorporar en las estrategias y los planes nacionales de
desarrollo las estrategias de conservación de la diversidad
biológica y utilización sostenible de los recursos
biológicos;
d) Tomar las medidas apropiadas para la distribución
justa y equitativa de los beneficios dimanantes de la investigación
y el desarrollo y de la utilización de los recursos biológicos
y genéticos, así como de la biotecnología,
entre las fuentes de esos recursos y entre quienes los utilicen;
e) Llevar a cabo estudios por países, según proceda,
sobre la conservación de la diversidad biológica
y sobre la utilización sostenible de los recursos biológicos,
así como análisis de los costos y beneficios pertinentes,
con particular referencia a los aspectos socioeconómicos;
f) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre
la biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales;
g) Reconocer y fomentar los métodos y los conocimientos
tradicionales de las poblaciones indígenas y sus comunidades,
haciendo hincapié en la función particular de
la mujer, que sean de interés para la conservación
de la diversidad biológica y para la utilización
sostenible de los recursos biológicos, y dar a esos grupos
la oportunidad de participar en los beneficios económicos
y comerciales dimanantes de la utilización de tales métodos
y conocimientos tradicionales 1/;
h) Poner en práctica mecanismos para el mejoramiento,
la generación, el desarrollo y la utilización
sostenible de la biotecnología y para su transferencia
inocua, particularmente a los países en desarrollo, teniendo
en cuenta la contribución potencial de la biotecnología
a la conservación de la diversidad biológica y
a la utilización sostenible de los recursos biológicos
2/;
i) Promover una cooperación internacional y regional
más amplia para fomentar la comprensión científica
y económica de la importancia de la biodiversidad y de
sus funciones en los ecosistemas;
j) Idear medidas y disposiciones para poner en práctica
el derecho de los países de origen de los recursos genéticos
o los países que suministren los recursos genéticos,
tal como están definidos en el Convenio sobre la Diversidad
Biológica, particularmente los países en desarrollo,
a beneficiarse del desarrollo biotecnológico y de la
utilización comercial de los productos derivados de tales
recursos 2/, 3/.
Actividades
a) Actividades de gestión
15.5 Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia
con las políticas y las prácticas nacionales,
con la cooperación de los organismos competentes de las
Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones
intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas
y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales
y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles
y científicos, y con arreglo al derecho internacional,
deberían, según proceda:
a) Elaborar
nuevas estrategias, planes o programas de acción, o reforzar
los existentes, para la conservación de la diversidad
biológica y la utilización sostenible de los recursos
biológicos, teniendo en cuenta la labor de educación
y capacitación necesaria 4/;
b) Incorporar en los planes, programas y políticas sectoriales
o transectoriales pertinentes, las estrategias para la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos y genéticos, prestando
particular atención a la especial importancia de los
recursos biológicos y genéticos terrestres y acuáticos
para la agricultura y la alimentación 5/;
c) Realizar estudios por países o utilizar otros métodos
para reconocer los componentes de la diversidad biológica
que son importantes para su conservación y para la utilización
sostenible de los recursos biológicos, atribuir valores
a los recursos biológicos y genéticos, reconocer
los procesos y las actividades que tienen considerables repercusiones
sobre la diversidad biológica, evaluar las repercusiones
económicas potenciales de la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos y genéticos, y sugerir
medidas prioritarias;
d) Tomar medidas que constituyan incentivos eficaces en los
sectores económico y social y en otros sectores pertinentes
para fomentar la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos,
así como la promoción de sistemas de producción
sostenibles, tales como los métodos tradicionales de
la agricultura, la agrosilvicultura, la silvicultura y la ordenación
de los pastos y de la flora y la fauna silvestres, que utilicen,
mantengan o aumenten la biodiversidad 5/;
e) Sin perjuicio de la legislación nacional, tomar medidas
para respetar, registrar, proteger y contribuir a aplicar más
ampliamente los conocimientos, las innovaciones y las prácticas
de las comunidades indígenas y locales que reflejan los
estilos de vida tradicionales para la conservación de
la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos, con miras a la participación
justa y equitativa en los beneficios consiguientes, y promover
la creación de mecanismos para que esas comunidades,
incluidas las mujeres, participen en la conservación
y la gestión de los ecosistemas 1/;
f) Realizar investigaciones a largo plazo sobre la importancia
de la biodiversidad para el funcionamiento de los ecosistemas
y sobre la función de los ecosistemas en la producción
de bienes, servicios ambientales y otros valores que contribuyan
a un desarrollo sostenible, prestando particular atención
a la biología y a la capacidad de reproducción
de las especies terrestres y acuáticas clave, entre ellas
las especies nativas y las especies cultivadas; las nuevas técnicas
de observación y de preparación de inventarios;
las condiciones ecológicas necesarias para la conservación
de la biodiversidad y la continuación de la evolución,
y el comportamiento social y los hábitos de nutrición
dependientes de los ecosistemas naturales, en relación
con lo cual las mujeres desempeñan funciones clave; estos
trabajos deberían realizarse con la participación
más amplia posible, especialmente de las poblaciones
indígenas y sus comunidades, incluidas las mujeres 1/;
g) Tomar medidas, cuando sea necesario, para la conservación
de la diversidad biológica mediante la conservación
in situ de los ecosistemas y los hábitat naturales, así
como de las variedades primitivas obtenidas por selección
y de las variedades silvestres emparentadas con ellas, y para
el mantenimiento y la recuperación de poblaciones viables
de especies en su entorno natural, y tomar medidas ex situ,
preferiblemente en el país de origen; las medidas in
situ deberían incluir el reforzamiento de los sistemas
de las zonas terrestres, marinas y acuáticas protegidas
para dar cabida a, en particular, las zonas pantanosas vulnerables,
sean o no de agua dulce, y los ecosistemas ribereños,
tales como los estuarios, los arrecifes de coral y los manglares
6/;
h) Promover la renovación y la restauración de
los ecosistemas dañados y la recuperación de las
especies amenazadas o en peligro;
i) Formular políticas para fomentar la conservación
de la biodiversidad y la utilización sostenible de los
recursos biológicos y genéticos en las tierras
de propiedad privada;
j) Promover un desarrollo ecológicamente racional y sostenible
en las zonas adyacentes a las zonas protegidas, con miras a
reforzar la protección de estas zonas;
k) Adoptar los procedimientos apropiados para la evaluación
de las repercusiones ambientales de los proyectos propuestos
que sea probable que vayan a surtir efectos considerables sobre
la diversidad biológica, tomando medidas para que la
información pertinente sea fácilmente asequible
y para la participación del público, cuando proceda,
y fomentar la evaluación de las repercusiones de las
políticas y programas pertinentes sobre la diversidad
biológica;
l) Promover, cuando proceda, el establecimiento y mejoramiento
de sistemas de inventario nacional, reglamentación o
gestión y control al nivel apropiado en relación
con los recursos biológicos;
m) Tomar medidas para fomentar una mayor comprensión
y apreciación del valor de la diversidad biológica,
manifestada tanto en sus partes componentes como en los servicios
prestados a los ecosistemas.
b) Datos e información
15.6 Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia
con las políticas y las prácticas nacionales,
con la cooperación de los organismos competentes de las
Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones
intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas
y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales
y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles
y científicos, y con arreglo al derecho internacional,
deberían, según proceda 7/:
a) Reunir, evaluar e intercambiar regularmente información
sobre la conservación de la diversidad biológica
y sobre la utilización sostenible de los recursos biológicos;
b) Elaborar métodos para el muestreo y la evaluación
sistemáticos, en el plano nacional, de los componentes
de la diversidad biológica reconocidos mediante estudios
sobre países;
c) Iniciar o continuar la elaboración de métodos
y empezar o proseguir los estudios, al nivel que corresponda,
sobre la situación de los ecosistemas y reunir información
básica sobre los recursos biológicos y genéticos,
entre ellos los de los ecosistemas terrestres, acuáticos,
costeros y marinos, así como emprender la preparación
de inventarios con la participación de las poblaciones
locales e indígenas y sus comunidades;
d) Determinar y evaluar las repercusiones y los beneficios económicos
y sociales potenciales de la conservación y la utilización
sostenible de las especies terrestres y acuáticas en
cada país, partiendo de los resultados obtenidos mediante
los estudios sobre países;
e) Emprender la actualización, el análisis y la
interpretación de los datos obtenidos mediante los trabajos
de determinación, muestreo y evaluación descritos
más arriba;
f) Reunir, evaluar y proporcionar información pertinente
y fiable, de manera oportuna y en forma adecuada para la adopción
de decisiones a todos los niveles, con el apoyo y la participación
plenos de las poblaciones locales e indígenas y sus comunidades.
15.7 Los gobiernos, al nivel que corresponda, con la cooperación
de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según
proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el
apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades,
de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos,
incluidos los círculos mercantiles y científicos,
y con arreglo al derecho internacional, deberían, según
proceda:
a) Considerar el establecimiento o el reforzamiento de los medios
y las redes nacionales o internacionales para el intercambio
de datos y de información que sean de interés
para la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos
y genéticos 7/;
b) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre
la biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales
efectuadas en todos los países;
c) Promover la cooperación técnica y científica
en la esfera de la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos
y genéticos; se debería prestar especial atención
al desarrollo y el reforzamiento de la capacidad nacional mediante
el aprovechamiento de los recursos humanos y la creación
de instituciones, así como mediante la transferencia
de tecnología y/o el desarrollo de instituciones de investigación
y de gestión, tales como herbarios, museos, bancos de
genes y laboratorios, en relación con la conservación
de la biodiversidad 8/;
d) Sin perjuicio de las disposiciones pertinentes del Convenio
sobre la Diversidad Biológica, facilitar para este capítulo
la transferencia de tecnologías que sean de interés
para la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos
o tecnologías biológicas que utilicen recursos
genéticos y no causen ningún daño apreciable
al medio ambiente, de conformidad con el capítulo 34,
y reconociendo que la tecnología incluye la biotecnología
2/, 8/;
e) Promover la cooperación entre las partes en las convenciones
y los planes de acción internacionales pertinentes, con
miras a intensificar y coordinar los esfuerzos por conservar
la diversidad biológica y lograr la utilización
sostenible de los recursos biológicos;
f) Reforzar el apoyo a los instrumentos, los programas y los
planes de acción internacionales y regionales relacionados
con la conservación de la diversidad biológica
y con la utilización sostenible de los recursos biológicos;
g) Promover el mejoramiento de la coordinación internacional
de las medidas encaminadas a la conservación y la ordenación
eficaces de las especies migratorias que estén en peligro
y que no constituyan plagas, incluidos los niveles apropiados
de apoyo para el establecimiento y la ordenación de zonas
protegidas en lugares transfronterizos;
h) Promover los esfuerzos nacionales con respecto a las encuestas,
la reunión de datos, los muestreos y la evaluación,
así como al mantenimiento de bancos de genes.
Medios de ejecución
a) Financiación y evaluación de los costos
15.8 La secretaría de la Conferencia ha estimado que
el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución
de las actividades de este capítulo ascenderá
a unos 3.500 millones de dólares, incluidos alrededor
de 1.750 millones de dólares que la comunidad internacional
suministrará a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos.
Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las
no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de
las estrategias y los programas específicos que los gobiernos
decidan ejecutar.
b) Medios científicos y tecnológicos
15.9 Los aspectos concretos que han de abordarse incluyen la
necesidad de formular:
a) Métodos eficientes para realizar estudios de referencia
e inventarios, así como para la evaluación y el
muestreo sistemáticos de los recursos biológicos;
b) Métodos y tecnologías para la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos;
c) Métodos perfeccionados y diversificados para la conservación
ex situ con miras a la conservación a largo plazo de
los recursos genéticos que sean de importancia para la
investigación y el desarrollo.
c) Desarrollo de los recursos humanos
15.10 Es preciso, cuando proceda:
a) Aumentar y/o utilizar más eficientemente el personal
capacitado en los aspectos científicos y tecnológicos
relativos a la conservación de la diversidad biológica
y la utilización sostenible de los recursos biológicos;
b) Mantener o establecer programas de educación científica
y técnica y de capacitación de administradores
y profesionales, especialmente en los países en desarrollo,
en relación con las medidas encaminadas al reconocimiento,
la conservación de la diversidad biológica y la
utilización sostenible de los recursos biológicos;
c) Promover y alentar la comprensión de la importancia
de las medidas necesarias para la conservación de la
diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos en todos los planos de la
formulación de políticas y la adopción
de decisiones en los gobiernos, las empresas comerciales y las
instituciones de crédito, y promover y alentar la incorporación
de esos temas en los programas de educación.
d) Aumento de la capacidad
15.11 Es preciso, cuando proceda:
a) Fortalecer las instituciones que se ocupan de la conservación
de la diversidad biológica o establecer nuevas instituciones
de esa índole, y considerar la creación de mecanismos
tales como institutos o centros nacionales de diversidad biológica;
b) Seguir fortaleciendo la capacidad respecto de la conservación
de la diversidad biológica y la utilización sostenible
de los recursos biológicos en todos los sectores pertinentes;
c) Aumentar, especialmente en los gobiernos, las empresas comerciales
y los organismos de desarrollo bilaterales y multilaterales,
la capacidad de integrar los problemas concernientes a la diversidad
biológica, sus posibles beneficios y los cálculos
de los costos de sustitución en los procesos de formulación,
aplicación y evaluación de proyectos, así
como de evaluar las repercusiones de los proyectos de desarrollo
propuestos sobre la diversidad biológica;
d) Aumentar, en el plano pertinente, la capacidad de las instituciones
públicas y privadas que se ocupan de la planificación
y la gestión de las zonas protegidas de coordinar y planificar
intersectorialmente con otras instituciones públicas,
organizaciones no gubernamentales y, cuando proceda, con las
poblaciones indígenas y sus comunidades.
Notas
1/ Véanse el capítulo 26 (Reconocimiento y fortalecimiento
del papel de las poblaciones indígenas y sus comunidades)
y el capítulo 24 (Medidas mundiales en favor de la mujer
para lograr un desarrollo sostenible y equitativo).
2/ Véase el capítulo 16 (Gestión ecológicamente
racional de la biotecnología).
3/ El artículo 2 (Términos utilizados) del Convenio
sobre la Diversidad Biológica incluye las definiciones
siguientes: "Por 'país de origen de recursos genéticos'
se entiende el país que posee esos recursos genéticos
en condiciones in situ. Por 'país que aporta recursos
genéticos' se entiende el país que suministra
recursos genéticos obtenidos de fuentes in situ, incluidas
las poblaciones de especies silvestres y domesticadas, o de
fuentes ex situ, que pueden tener o no su origen en ese país."
4/ Véase el capítulo 36 (Fomento de la educación,
la capacitación y la toma de conciencia).
5/ Véanse el capítulo 14 (Fomento de la agricultura
y del desarrollo rural sostenibles) y el capítulo 11
(Lucha contra la deforestación).
6/ Véase el capítulo 17 (Protección de
los océanos y de todos los tipos de mares, incluidos
los mares cerrados y semicerrados, y de las zonas costeras,
y protección, utilización racional y desarrollo
de sus recursos vivos).
7/ Véase el capítulo 40 (Información para
la adopción de decisiones).
8/ Véase el capítulo 34 (Transferencia de tecnología
ecológicamente racional, cooperación y aumento
de la capacidad).