Capítulo
8
8. INTEGRACIÓN
DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO EN LA ADOPCIÓN DE
DECISIONES
INTRODUCCIÓN
8.1 En el
presente capítulo figuran las siguientes áreas
de programas:
a) Integración
del medio ambiente y el desarrollo a nivel de políticas,
planificación y gestión;
b) Establecimiento
de un marco jurídico y reglamentario eficaz;
c) Utilización
eficaz de instrumentos económicos e incentivos de mercado
y de otro tipo;
d) Establecimiento
de sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada.
ÁREAS
DE PROGRAMAS
A. Integración
del medio ambiente y el desarrollo a nivel de políticas,
planificación y gestión
Bases para
la acción
8.2 En los
sistemas actuales de adopción de decisiones de muchos
países se tiende a seguir separando los factores económicos,
sociales y del medio ambiente a nivel de políticas, planificación
y gestión. Ello influye en la actuación de todos
los grupos de la sociedad, incluidos los gobiernos, la industria
y los particulares, y tiene consecuencias importantes para la
eficiencia y la sostenibilidad del desarrollo. Tal vez sea necesario
efectuar un ajuste, o una reformulación fundamental del
proceso de adopción de decisiones, a la luz de las condiciones
concretas de cada país, para que el medio ambiente y
el desarrollo se sitúen en el centro del proceso de adopción
de decisiones económicas y políticas, de manera
que se logre de hecho la plena integración de esos factores.
En los últimos años, algunos gobiernos han emprendido
también una profunda reforma de las estructuras institucionales
oficiales con objeto de que, cuando se adopten decisiones sobre
políticas económicas, sociales, fiscales, energéticas,
agropecuarias, mercantiles, de transporte y de otra índole
se preste sistemáticamente más atención
al medio ambiente y a las consecuencias que tendrán esas
políticas para el medio ambiente. Asimismo se están
adoptando nuevas modalidades de diálogo para lograr una
mejor integración entre el gobierno, la industria, la
ciencia, los grupos ecológicos y la opinión pública
en el proceso de establecer enfoques efectivos relacionados
con el medio ambiente y el desarrollo. La tarea de impulsar
esos cambios corresponde principalmente a los gobiernos, aunque,
en muchos casos, será conveniente la colaboración
con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales,
incluidas en particular el Programa de las Naciones Unidas para
el Medio Ambiente (PNUMA), el PNUD y el Banco Mundial. También
puede ser importante el intercambio de experiencias entre países.
Los planes, metas y objetivos nacionales, las normas, reglamentos
y leyes nacionales y la situación concreta en que se
encuentran los distintos países constituyen el marco
general en que tiene lugar esa integración. En este contexto,
debe tenerse presente que las normas ambientales pueden entrañar
enormes costos económicos y sociales si se aplican de
manera uniforme en los países en desarrollo.
Objetivos
8.3 El objetivo
general consiste en mejorar o reestructurar el proceso de adopción
de decisiones, de manera que se integre plenamente en él
el examen de las cuestiones socioeconómicas y relativas
al medio ambiente y se logre una participación más
amplia del público. Sobre la base de que los países
determinarán sus propias prioridades de conformidad con
sus condiciones, necesidades, planes, políticas y programas
nacionales, se proponen los objetivos siguientes:
a) Realizar
un examen nacional de las políticas, estrategias y planes
económicos, sectoriales y del medio ambiente para lograr
la integración gradual de las cuestiones del medio ambiente
y el desarrollo;
b) Fortalecer
las estructuras institucionales a fin de permitir la plena integración
de las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo en todos
los niveles del proceso de adopción de decisiones;
c) Crear
o mejorar mecanismos para facilitar la participación
de organizaciones, grupos y particulares interesados en todos
los niveles del proceso de adopción de decisiones;
d) Establecer
procedimientos determinados a nivel interno para integrar las
cuestiones del medio ambiente y el desarrollo en el proceso
de adopción de decisiones.
Actividades
a) Mejoramiento
de los procesos de adopción de decisiones
8.4 La necesidad
principal consiste en integrar los procesos de adopción
de decisiones sobre el medio ambiente y el desarrollo. Para
ello, los gobiernos deberían efectuar un examen nacional
y, en los casos en que procediera, mejorar los procesos de adopción
de decisiones de manera que se logre la integración gradual
de las cuestiones económicas, sociales y del medio ambiente
en un proceso de desarrollo económicamente eficiente,
socialmente equitativo y responsable y ecológicamente
racional. Los países determinarán sus propias
prioridades de conformidad con sus planes, políticas
y programas nacionales para las actividades siguientes:
a) Lograr
la integración de factores económicos, sociales
y ambientales en el proceso de adopción de decisiones
en todos los niveles y en todos los ministerios;
b) Adoptar
un marco de políticas formulado a nivel interno que refleje
una perspectiva a largo plazo y un enfoque intersectorial como
base para la adopción de decisiones, teniendo en cuenta
los vínculos entre las diversas cuestiones políticas,
económicas, sociales y ambientales que intervienen en
el proceso de desarrollo;
c) Establecer
medios determinados a nivel interno para asegurar la coherencia
de políticas, planes e instrumentos de políticas
sectoriales, económicos, sociales y del medio ambiente,
incluidas las medidas fiscales y el presupuesto; estos mecanismos
deberían aplicarse a diversos niveles y unir a los interesados
en el proceso de desarrollo;
d) Supervisar
y evaluar sistemáticamente el proceso de desarrollo,
efectuando
exámenes periódicos del estado de desarrollo de
los recursos humanos, las condiciones y tendencias económicas
y sociales y el estado del medio ambiente y los recursos naturales;
esto se podría complementar mediante exámenes
anuales del medio ambiente y el desarrollo, a fin de que los
diversos sectores y departamentos gubernamentales evaluaran
los logros del desarrollo sostenible;
e) Velar
por que existan condiciones de transparencia y responsabilidad
en cuanto a las consecuencias para el medio ambiente de las
políticas económicas y sectoriales;
f) Asegurar
el acceso del público a la información pertinente,
facilitando la recepción de opiniones del público
y permitiendo su participación efectiva.
b) Mejoramiento
de los sistemas de planificación y gestión
8.5 Con
miras a lograr un enfoque más integrado del proceso de
adopción de decisiones, tal vez sea necesario mejorar
los sistemas de datos y los métodos analíticos
que se utilizan en ese proceso. Los gobiernos, colaborando cuando
procediera con organizaciones nacionales e internacionales,
deberían examinar la situación del sistema de
planificación y de gestión y, cuando fuera necesario,
modificar y fortalecer los procedimientos de manera de facilitar
el examen integrado de las cuestiones sociales, económicas
y del medio ambiente. Los países determinarán
sus propias prioridades de conformidad con sus planes, políticas
y programas nacionales, para las actividades siguientes:
a) Mejorar
la utilización de los datos y la información en
todas las fases del proceso de planificación y gestión,
utilizando de manera sistemática y simultánea
los datos sociales, económicos y ambientales; se debería
hacer hincapié en el análisis de las interacciones
y sinergias, y fomentar la utilización de una amplia
gama de métodos analíticos, de manera de contar
con diferentes puntos de vista;
b) Adoptar
procedimientos analíticos amplios para la evaluación
previa y simultánea de las consecuencias de las decisiones,
incluidas las consecuencias para la economía y el medio
ambiente y para la relación que existe entre ambos sectores;
esos procedimientos deberían abarcar no sólo los
proyectos sino también las políticas y los programas;
el análisis debería incluir también la
evaluación de los costos, los beneficios y los riesgos;
c) Adoptar
criterios de planificación flexibles e integradores que
permitan el examen de objetivos múltiples y el ajuste
a las nuevas necesidades; para ello pueden ser útiles
los criterios de integración de esferas a nivel de los
ecosistemas o de las cuencas hídricas;
d) Adoptar
sistemas integrados de gestión, especialmente para la
ordenación de los recursos naturales; se deberían
estudiar los métodos tradicionales o autóctonos
y utilizarlos cuando resultaran ser útiles; no deberían
marginarse las funciones tradicionales de la mujer como resultado
de la introducción de nuevos sistemas de gestión;
e) Adoptar
criterios integrados para el desarrollo sostenible a nivel regional,
incluidas las zonas transfronterizas, con sujeción a
los requisitos que impongan las circunstancias y necesidades
particulares;
f) Utilizar
instrumentos de política (jurídicos, reglamentarios
y
económicos)
como medio de planificación y de gestión para
tratar de lograr la incorporación de criterios de eficiencia
en la adopción de decisiones; se deberían examinar
y adaptar periódicamente los instrumentos con objeto
de que siguieran siendo efectivos;
g) Delegar
funciones de planificación y gestión en los niveles
más inferiores de la autoridad pública sin comprometer
por ello la eficacia; en particular, deberían examinarse
las ventajas de ofrecer oportunidades eficaces y equitativas
a la mujer para lograr su participación;
h) Establecer
procedimientos para que las comunidades locales participen en
actividades de planificación en lo que respecta a accidentes
imprevistos en la industria y en el medio ambiente, y mantener
abierto el intercambio de información sobre los riesgos
locales.
c) Datos
e información
8.6 Los
países podrían elaborar sistemas para la vigilancia
y la evaluación de los progresos hacia el logro del desarrollo
sostenible mediante la adopción de indicadores que midan
los cambios en todo el espectro económico, social y ecológico.
d) Adopción
de una estrategia nacional de desarrollo sostenible
8.7 Los
gobiernos, en colaboración con las organizaciones
internacionales
cuando procediera, deberían adoptar una estrategia nacional
de desarrollo sostenible basada, entre otras cosas, en la aplicación
de las decisiones adoptadas en la Conferencia, especialmente
en relación con el Programa 21. Esa estrategia debe tener
en cuenta el plan nacional de desarrollo y armonizar los diversos
planes y políticas económicos, sociales y ambientales
que estén en marcha en el país. La experiencia
adquirida en las actividades actuales de planificación,
como los informes nacionales para la Conferencia, las estrategias
nacionales de conservación y los planes de acción
sobre el medio ambiente, deben utilizarse e incorporarse plenamente
en una estrategia de desarrollo sostenible impulsada por el
país. Sus objetivos deben asegurar un desarrollo económico
socialmente responsable y al mismo tiempo proteger la base de
recursos y el medio ambiente para beneficio de generaciones
futuras. La estrategia debe elaborarse con la mayor participación
posible. Debe basarse en una evaluación a fondo de la
situación y las iniciativas actuales.
Medios de
ejecución
a) Financiación
y evaluación de los costos
8.8 La secretaría
de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año
(1993-2000) de la realización de las actividades de este
programa ascenderá a unos 50 millones de dólares,
que la comunidad internacional suministrará a título
de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones
son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido
objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las
condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerá,
entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos
que los gobiernos decidan ejecutar.
b) Investigación
de las interacciones entre el medio ambiente y el desarrollo
8.9 Los
gobiernos, en colaboración con la comunidad científica
nacional
e internacional
y las organizaciones internacionales, deberían intensificar,
según procediera, los esfuerzos por investigar las interacciones
que existen dentro de los sistemas social, económico
y ambiental y entre estos sistemas. La investigación
se ha de emprender con el objeto concreto de prestar asistencia
en la adopción de decisiones sobre políticas y
facilitar orientaciones sobre el mejoramiento de las prácticas
de gestión.
c) Intensificación
de la educación y la capacitación
8.10 Los
países, en cooperación con las organizaciones
nacionales, regionales e internacionales, según procediera,
deberían velar por que existieran o se pudieran capacitar
los recursos humanos indispensables para proceder a la integración
del medio ambiente y el desarrollo en diversas etapas del proceso
de adopción de decisiones y de ejecución. Para
ello, deberían mejorar la educación y la capacitación
técnica, especialmente de mujeres y niñas, mediante
la integración de los criterios interdisciplinarios del
caso, en la enseñanza técnica, profesional y universitaria,
y en otros programas de estudio. También se debería
efectuar la capacitación sistemática de funcionarios
públicos, planificadores y administradores, dando prioridad
a los criterios de integración necesarios y a las técnicas
de planificación y gestión adecuadas a las condiciones
particulares del país.
d) Promoción
de la conciencia pública
8.11 Los
países, en cooperación con instituciones y grupos
nacionales, medios de comunicación y la comunidad internacional,
deberían adoptar medidas para que la opinión pública
en general y los círculos especializados cobraran conciencia
de la importancia de tener simultáneamente en cuenta
el medio ambiente y el desarrollo, y deberían establecer
mecanismos para facilitar el intercambio directo de información
y de opiniones con el público. Se debería poner
especial empeño en destacar las responsabilidades y las
posibles aportaciones de los diferentes grupos sociales.
e) Fortalecimiento
de la capacidad institucional nacional
8.12 Los
gobiernos, cooperando, según procediera con las organizaciones
internacionales, deberían fortalecer la capacidad institucional
nacional para integrar las cuestiones económicas, sociales
y ambientales en todos los niveles de los procesos de adopción
de decisiones y de ejecución. Se debería dar prioridad
al abandono de los enfoques sectoriales restringidos y a la
adopción de medidas encaminadas a lograr la plena coordinación
y cooperación intersectoriales.
B. Establecimiento
de un marco jurídico y reglamentario eficaz
Bases para
la acción
8.13 Las
leyes y los reglamentos adecuados a las condiciones particulares
de los países se cuentan entre los instrumentos más
importantes para poner en práctica las políticas
sobre el medio ambiente y el desarrollo, no sólo mediante
los métodos de "mando y control", sino también
como marco normativo para llevar a cabo la planificación
económica y establecer instrumentos de mercado. De todos
modos, y a pesar de que aumenta constantemente el volumen de
textos jurídicos relacionados con ese sector, gran parte
de las disposiciones promulgadas son fragmentarias, regulan
aspectos muy concretos o no cuentan con el respaldo necesario
de un mecanismo institucional ni de una autoridad a los efectos
de lograr su cumplimiento y su ajuste oportuno.
8.14 Aunque
hay una constante necesidad de llevar a cabo reformas legislativas
en todos los países, los países en desarrollo
están especialmente afectados por las deficiencias de
sus leyes y reglamentos. Para integrar en forma eficaz el medio
ambiente y el desarrollo en las políticas y prácticas
de cada país, es indispensable elaborar y poner en vigor
leyes y reglamentos integrados, que se apliquen en la práctica
y se basen en principios sociales, ecológicos, económicos
y científicos racionales. Asimismo, es indispensable
formular programas viables para examinar las leyes, los reglamentos
y las normas que se adopten y hacerlos cumplir. Es posible que
muchos países necesiten apoyo técnico para lograr
estas metas. Las necesidades de cooperación técnica
en esta esfera incluyen la información jurídica,
los servicios de asesoramiento, la capacitación especializada
y el aumento de la capacidad institucional.
8.15 La
promulgación y aplicación de las leyes y los reglamentos
en los planos nacional, estatal, provincial y municipal son
también indispensables para aplicar la mayoría
de los acuerdos internacionales relacionados con el medio ambiente
y el desarrollo, como lo demuestra la obligación que
frecuentemente se suele incluir en los tratados de informar
acerca de las medidas legislativas. En el contexto de los preparativos
de la Conferencia, se ha hecho un examen de los acuerdos vigentes
en el que se señala que hay graves problemas de cumplimiento
en este ámbito y que es necesario mejorar la ejecución
nacional y, en los casos en que proceda, la asistencia técnica
conexa. Al formular sus prioridades nacionales, los países
deben tener en cuenta las obligaciones internacionales.
Objetivos
8.16 El
objetivo general consiste en promover, de conformidad con las
condiciones particulares de cada país, la integración
de las políticas de medio ambiente y desarrollo mediante
la formulación de leyes, reglamentos, instrumentos y
mecanismos coercitivos adecuados a nivel nacional, estatal,
provincial y local. Habida cuenta de que los países determinarán
sus propias prioridades de conformidad con sus necesidades y
planes, políticas y programas nacionales y, en los casos
en que proceda, regionales, se proponen los objetivos siguientes:
a) Difundir
información sobre innovaciones jurídicas y reglamentarias
eficaces en la esfera del medio ambiente y el desarrollo, con
inclusión de instrumentos de carácter coercitivo
e incentivos al cumplimiento, para fomentar su mayor utilización
y su adopción en los planos nacional, estatal, provincial
y local;
b) Prestar
asistencia a los países que la soliciten para modernizar
y fortalecer el marco legislativo y reglamentario por el que
se rija el desarrollo sostenible, teniendo debidamente en cuenta
los valores sociales y las infraestructuras locales;
c) Alentar
la formulación y ejecución de programas nacionales,
estatales, provinciales y locales que evalúen y promuevan
el cumplimiento de las leyes y respondan en forma adecuada al
incumplimiento.
Actividades
a) Aumento
de la efectividad de las leyes y los reglamentos
8.17 Los
gobiernos, con la asistencia, según procediera, de las
organizaciones internacionales competentes, deberían
evaluar periódicamente sus leyes y reglamentos y los
mecanismos institucionales conexos de carácter institucional
y administrativo que existan en los planos nacional, estatal,
local y municipal, en relación con el medio ambiente
y el desarrollo sostenible, con miras a hacerlos eficaces en
la práctica. Los programas que se formulen a tal efecto
deberían incluir la promoción de la conciencia
del público, la preparación y distribución
de material de orientación y la capacitación especializada,
mediante cursos prácticos, seminarios, programas de educación
y conferencias de funcionarios públicos encargados de
formular, aplicar, vigilar y hacer cumplir las leyes y los reglamentos.
b) Establecimiento
de procedimientos judiciales y administrativos
8.18 Los
gobiernos y los legisladores, con el apoyo, según procediera,
de las organizaciones internacionales competentes deberían
establecer procedimientos judiciales y administrativos de indemnización
y reparaciones en los casos de actos que afectaran el medio
ambiente y el desarrollo y que pudieran ser ilegales o violar
los derechos que establece la ley, y deberían propiciar
el acceso de personas, grupos y organizaciones que tengan un
interés jurídico reconocido.
c) Suministro
de información jurídica y servicios de apoyo
8.19 Las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales competentes
podrían cooperar para facilitar a los gobiernos y a los
legisladores que lo soliciten un programa integrado de servicios
de información jurídica en materia de medio ambiente
y desarrollo (derecho del desarrollo sostenible), adaptado especialmente
a las necesidades particulares de los ordenamientos jurídicos
y administrativos del país receptor. Estos sistemas podrían
incluir asistencia en la preparación de inventarios y
exámenes amplios de los sistemas jurídicos nacionales.
Las experiencias anteriores han demostrado la utilidad de combinar
los servicios especializados de información jurídica
y el asesoramiento jurídico. Dentro del sistema de las
Naciones Unidas, se evitaría la duplicación de
las bases de datos y se facilitaría la división
del trabajo. Estos organismos podrían examinar la posibilidad
y los méritos de realizar exámenes de determinados
ordenamientos jurídicos nacionales.
d) Establecimiento
de una red de cooperación para la capacitación
en derecho del desarrollo sostenible
8.20 Las
instituciones internacionales y universitarias competentes podrían
colaborar para establecer, dentro de marcos convenidos, programas
de posgrado y servicios de capacitación en el empleo,
destinados especialmente a pasantes de países en desarrollo
que deseen cursar estudios de derecho del medio ambiente y el
desarrollo. La capacitación abarcaría la aplicación
y el mejoramiento progresivo de las leyes vigentes; las técnicas
conexas de negociación, redacción y mediación
y la capacitación de instructores. Las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales que ya realizan actividades
de esa índole deben colaborar con las universidades correspondientes
con miras a armonizar la planificación de los programas
de estudio y ofrecer las mejores opciones posibles a los gobiernos
interesados y a los posibles patrocinadores.
e) Elaboración
de programas nacionales eficaces para el examen y el cumplimiento
de leyes nacionales, estatales, provinciales y locales sobre
el medio ambiente y el desarrollo
8.21 Cada
país debería formular estrategias integradas para
llevar a su máxima expresión el cumplimiento de
sus leyes y reglamentos relacionados con el desarrollo sostenible,
con asistencia de las organizaciones internacionales y de otros
países, según procediera. Las estrategias deben
incluir:
a) Leyes,
reglamentos y normas que puedan hacerse cumplir y se basen en
principios económicos, sociales y ecológicos racionales
y en la evaluación adecuada de los riesgos, e incorporen
sanciones destinadas a castigar las violaciones, obtener compensación
e impedir violaciones futuras;
b) Mecanismos
para promover el cumplimiento;
c) La capacidad
institucional para reunir datos sobre el cumplimiento, examinar
periódicamente el cumplimiento, detectar las violaciones,
establecer las prioridades de las medidas de coerción,
aplicar dichas medidas en forma eficaz y realizar evaluaciones
periódicas de la eficacia de los programas de cumplimiento
y coerción;
d) Mecanismos
para la participación adecuada de personas y grupos en
la formulación y aplicación de leyes y reglamentos
sobre el medio ambiente y el desarrollo.
f) Vigilancia
a nivel nacional de las actividades jurídicas que complementan
los instrumentos internacionales
8.22 Las
partes contratantes de convenios internacionales, en consulta
con las secretarías de las convenciones internacionales
pertinentes, deberían mejorar, según procediera,
las prácticas y procedimientos de información
sobre las medidas jurídicas y reglamentarias adoptadas.
Las partes contratantes de convenios internacionales podrían
hacer encuestas de muestreo sobre las medidas complementarias
internas con sujeción al consentimiento de los Estados
soberanos interesados.
Medios de
ejecución
a) Financiación
y evaluación de los costos
8.23 La
secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo
total medio por año (1993-2000) de la realización
de las actividades de este programa ascenderá a unos
6 millones de dólares, que la comunidad internacional
suministrará a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos.
Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las
no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de
las estrategias y los programas específicos que los gobiernos
decidan ejecutar.
b) Medios
científicos y tecnológicos
8.24 El
programa se basa fundamentalmente en la continuación
de los trabajos en curso de reunión, traducción
y evaluación de datos jurídicos. Cabe esperar
que la intensificación de la cooperación entre
las bases de datos existentes se traduzca en una división
más adecuada del trabajo (por ejemplo, mediante la agrupación
por zonas geográficas de los datos de los boletines oficiales
y otras fuentes de referencia) y en una mayor normalización
y compatibilidad de los datos, según proceda.
c) Desarrollo
de los recursos humanos
8.25 Se
espera que la participación en la red de capacitación
redunde en beneficio de los profesionales de países en
desarrollo y que mejore las oportunidades de capacitación
de la mujer. Hay una gran demanda de ese tipo de capacitación
de posgrado y en el empleo. Los seminarios, cursos prácticos
y conferencias sobre el examen y las medidas de aplicación
que se han celebrado hasta la fecha han sido muy satisfactorios
y bien concurridos. La finalidad de esas actividades es desarrollar
recursos (tanto humanos como institucionales) con el objeto
de formular y ejecutar programas eficaces para el examen y la
aplicación constante de leyes, reglamentos y normas nacionales
y locales relacionados con el desarrollo sostenible.
d) Fortalecimiento
de la capacidad jurídica e institucional
8.26 Una
parte importante del programa deberá apuntar a mejorar
la capacidad jurídica e institucional de los países
para hacer frente a los problemas internos que plantea la reglamentación
del medio ambiente y el desarrollo sostenible y la promulgación
y aplicación de disposiciones en esa esfera. Se podrían
designar centros regionales de recursos a los que se prestaría
apoyo para que establecieran bases de datos especializados y
servicios de capacitación para diversos grupos linguísticos
o culturales de los distintos ordenamientos jurídicos.
C. Utilización
eficaz de instrumentos económicos e incentivos de mercado
y de otro tipo
Bases para
la acción
8.27 Las
leyes y los reglamentos relativos al medio ambiente son importantes,
aunque no cabe esperar que por sí solos resuelvan los
problemas que plantean el medio ambiente y el desarrollo. Los
precios, los mercados y las políticas tributaria y económica
de los gobiernos desempeñan también un papel destacado
en la configuración de las actitudes y los comportamientos
relacionados con el medio ambiente.
8.28 Durante
los últimos años, muchos gobiernos, especialmente
de países industrializados, pero también de Europa
central y oriental y de los países en desarrollo, han
recurrido cada vez con más frecuencia a enfoques económicos,
incluidos los que se orientan al mercado. Entre los ejemplos
se cuentan el principio de "el que contamina paga"
y el concepto más reciente de "el que utiliza los
recursos naturales paga".
8.29 Dentro
de un contexto económico de apoyo internacional y nacional
y dado el marco jurídico y reglamentario necesario, los
enfoques económicos y orientados hacia el mercado pueden
en muchos casos mejorar la capacidad para abordar las cuestiones
del medio ambiente y el desarrollo. Esto se lograría
buscando soluciones eficaces en función de los costos,
aplicando medidas integradas de prevención y control
de la contaminación, promoviendo innovaciones tecnológicas,
influyendo en el comportamiento ecológico del público
y proporcionando recursos financieros para alcanzar los objetivos
del desarrollo sostenible.
8.30 Es
preciso realizar una labor adecuada para estudiar y lograr una
utilización más eficaz y generalizada de los criterios
económicos y orientados al mercado dentro de un marco
amplio de políticas, leyes y reglamentos relacionados
con el desarrollo y adecuados a las condiciones particulares
del país, como parte de un proceso general de transición
a políticas económicas y ecológicas que
sean complementarias y se refuercen mutuamente.
Objetivos
8.31 Habida
cuenta de que los países determinarán sus propias
prioridades de conformidad con sus necesidades y sus planes,
políticas y programas nacionales, se trata de lograr
progresos considerables en los próximos años para
alcanzar los tres objetivos fundamentales siguientes:
a) Incorporar
los costos ambientales en las decisiones de productores y consumidores,
a fin de invertir la tendencia a considerar el medio ambiente
como "bien gratuito" y a traspasar esos costos a otros
sectores de la sociedad, a otros países o a las generaciones
futuras;
b) Avanzar
más hacia la integración de los costos sociales
y ecológicos en las actividades económicas de
manera que los precios reflejen en forma adecuada la relativa
escasez y el valor total de los recursos y contribuyan a prevenir
la degradación del medio ambiente;
c) Incluir,
en los casos en que proceda, la utilización de principios
del mercado en la redacción de instrumentos y políticas
económicos relacionados con el desarrollo sostenible.
Actividades
a) Mejoramiento
o reforma de las políticas nacionales
8.32 A corto
plazo, los gobiernos deberían acrecentar gradualmente
la experiencia con instrumentos económicos y mecanismos
de mercado mediante la reorientación de sus políticas,
teniendo en cuenta los planes, las prioridades y los objetivos
nacionales, a fin de:
a) Establecer
combinaciones eficaces de enfoques económicos, normativos
y voluntarios (autónomos);
b) Eliminar
o reducir la subvenciones que no se ajusten a los objetivos
del desarrollo sostenible;
c) Reformar
las estructuras existentes de incentivos económicos y
fiscales para alcanzar los objetivos del medio ambiente y el
desarrollo;
d) Establecer
un marco de políticas que aliente la creación
de nuevos mercados en la lucha contra la contaminación
y en la ordenación ecológicamente más racional
de los recursos;
e) Lograr
una estructura de precios coherente con los objetivos del desarrollo
sostenible.
8.33 En
particular, los gobiernos deberían examinar, en cooperación,
según procediera, con el comercio y la industria, el
modo de utilizar con eficacia los instrumentos económicos
y los mecanismos de mercado en las esferas siguientes:
a) Las cuestiones
relacionadas con la energía, el transporte, la agricultura
y la silvicultura, el agua, los desechos, la salud, el turismo
y los servicios terciarios;
b) Las cuestiones
de carácter mundial y transfronterizo;
c) La elaboración
e introducción de una tecnología ecológicamente
racional y su adaptación, difusión y transferencia
a los países en desarrollo, de conformidad con el capítulo
34.
b) Consideración
de las circunstancias particulares de los países en desarrollo
y de los países con economías en transición
8.34 Se
debería hacer un esfuerzo especial para adaptar la utilización
de los instrumentos económicos y de los mecanismos de
mercado a las necesidades particulares de los países
en desarrollo y de los países con economías en
transición, con la asistencia de las organizaciones regionales
e internacionales que se ocupan de la economía y del
medio ambiente, así como, según procediera, de
institutos de investigación privados. Con tal fin, se
debería:
a) Prestar
apoyo técnico a esos países en relación
con los problemas de aplicación de los instrumentos económicos
y de los mecanismos de mercado;
b) Fomentar
la celebración de seminarios regionales y, tal vez, el
establecimiento de centros regionales especializados.
c) Preparación
de un inventario de las aplicaciones eficaces de los instrumentos
económicos y de los mecanismos de mercado
8.35 Dado
que la utilización de los instrumentos económicos
y de los mecanismos de mercado es relativamente reciente, se
deberá fomentar activamente el intercambio de información
sobre la experiencia adquirida por los diferentes países
con tales procedimientos. A ese respecto, los gobiernos deberían
alentar la utilización de los medios de intercambio de
información existentes para estudiar las aplicaciones
eficaces de los instrumentos económicos.
d) Fomento
de la comprensión de la función de los instrumentos
económicos y de los mecanismos de mercado
8.36 Los
gobiernos deberían fomentar las investigaciones y los
análisis de las aplicaciones eficaces de los instrumentos
e incentivos económicos, con la asistencia y el apoyo
de las organizaciones regionales e internacionales que se ocupan
de la economía y del medio ambiente, así como
de institutos de investigación privados, prestando especial
atención a cuestiones clave tales como:
a) La función
de los impuestos ambientales adaptados a las condiciones nacionales;
b) Las repercusiones
de los instrumentos e incentivos económicos sobre la
competitividad y el comercio internacional, y la necesidad potencial
de cooperación y coordinación internacionales
apropiadas en el futuro;
c) Las posibles
consecuencias sociales y distributivas de la utilización
de los diversos instrumentos.
e) Establecimiento
de un mecanismo para examinar la fijación de precios
8.37 Es
preciso comprender mejor tanto las ventajas teóricas
de la aplicación de políticas de fijación
de los precios, cuando proceda, como las repercusiones prácticas
de la adopción de medidas al respecto. En consecuencia,
se debería iniciar, en los planos nacional e internacional
y en cooperación con el comercio, la industria, grandes
empresas, empresas transnacionales y otras agrupaciones sociales,
según proceda, el examen de lo siguiente:
a) Las consecuencias
prácticas de orientarse hacia una política de
fijación
de precios que incorpore los costos ambientales pertinentes,
a fin de contribuir al logro de los objetivos del desarrollo
sostenible;
b) Las consecuencias
para la fijación de precios de las materias primas de
los países exportadores, incluidas las consecuencias
de tales políticas de fijación de precios para
los países en desarrollo;
c) Las metodologías
utilizadas para evaluar los costos de la protección del
medio ambiente.
f) Mejoramiento
de la comprensión de la economía del desarrollo
sostenible
8.38 El
mayor interés por los instrumentos económicos,
incluidos los mecanismos de mercado, exige también un
esfuerzo concertado para comprender mejor la economía
del desarrollo sostenible. Con tal fin, se debería:
a) Alentar
a los establecimientos de enseñanza superior a que revisen
sus programas de estudio y refuercen los estudios de la economía
del desarrollo sostenible;
b) Alentar
a las organizaciones económicas regionales e internacionales
y a los institutos de investigación privados competentes
a que organicen cursos de formación y seminarios para
los funcionarios nacionales;
c) Alentar
al comercio y la industria, incluidas las grandes empresas industriales
y las empresas transnacionales con experiencia en cuestiones
ecológicas, a que organicen programas de capacitación
para el sector privado y otros grupos.
Medios de
ejecución
8.39 Este
programa entraña el ajuste o la reorientación
de las políticas de los gobiernos. También requiere
la participación de las organizaciones
y los organismos económicos y ecológicos internacionales
y regionales que se ocupan del medio ambiente y que son competentes
en esta esfera, con inclusión de las empresas transnacionales.
a) Financiación
y evaluación de los costos
8.40 La
secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo
total medio por año (1993-2000) de la realización
de las actividades de este programa ascenderá a
unos 5 millones de dólares, que la comunidad internacional
suministrará a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas
y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen
por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras,
incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras
cosas, de las estrategias y los programas específicos
que los gobiernos decidan ejecutar.
D. Establecimiento
de sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada
Bases para
la acción
8.41 Un
primer paso hacia la integración de la sostenibilidad
en la gestión económica es la determinación
más exacta de la función
fundamental
del medio ambiente como fuente de capital natural y como sumidero
de los subproductos generados por la producción de capital
por el hombre y por otras actividades humanas. Como el desarrollo
sostenible tiene dimensiones sociales, económicas y ecológicas,
es también importante que los procedimientos de contabilidad
nacionales no se limiten a medir la producción de bienes
y servicios remunerados de la forma tradicional. Es necesario
elaborar un marco común con arreglo al cual se incluyan
en cuentas subsidiarias las aportaciones de todos los sectores
y de todas las actividades de la sociedad que no se incluyan
en las cuentas nacionales tradicionales, teniendo presente consideraciones
de validez teórica y viabilidad. Se propone la adopción
de un programa de creación de sistemas de contabilidad
ecológica y económica integrada en todos los países.
Objetivos
8.42 El
principal objetivo es ampliar los sistemas actuales de contabilidad
económica nacional para dar cabida en ellos a la dimensión
ambiental y a la dimensión social, incluyendo por lo
menos sistemas de cuentas subsidiarias para los recursos naturales
en todos los Estados miembros. Los sistemas resultantes de contabilidad
ecológica y económica integrada que habrían
de establecerse en todos los Estados miembros lo antes posible
deberían considerarse, durante un futuro próximo,
como un complemento de los sistemas tradicionales de contabilidad
nacional, y no como un mecanismo destinado a sustituirlos. Los
sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada formarían parte integrante del proceso nacional
de adopción de decisiones en materia de desarrollo. Los
organismos nacionales de contabilidad deberían trabajar
en estrecha colaboración con los departamentos nacionales
de estadística ecológica, con los servicios geográficos
y con los departamentos que se ocupan de los recursos naturales.
La definición de económicamente activo podría
ampliarse para
hacerla extensiva a las personas que en todos los países
realizan trabajos productivos pero no remunerados. De esta forma
se podría medir debidamente su contribución y
tenerla en cuenta en el proceso de adopción de decisiones.
Actividades
a) Fortalecimiento
de la cooperación internacional
8.43 La
Oficina de Estadística de la Secretaría de las
Naciones Unidas debería:
a) Poner
a disposición de todos los Estados miembros los métodos
que figuran en el Manual de contabilidad ecológica y
económica integrada del sistema de cuentas nacionales;
b) En colaboración
con otras organizaciones competentes de las Naciones Unidas,
continuar desarrollando, probando y mejorando y después
normalizar los conceptos y métodos adoptados provisionalmente,
tales como los propuestos en el Manual del sistema de cuentas
nacionales, manteniendo informados a los Estados miembros sobre
la situación de los trabajos a lo largo de todo este
proceso;
c) Coordinar,
en estrecha cooperación con otras organizaciones internacionales,
la capacitación, en pequeños grupos, de contadores
nacionales, estadísticos especializados en el medio ambiente
y personal técnico nacional para la creación,
la adaptación y el mejoramiento de sistemas de contabilidad
ecológica y económica integrada.
8.44 El
Departamento de Desarrollo Económico y Social de la Secretaría,
en estrecha colaboración con otras organizaciones competentes
de las Naciones Unidas, debería:
a) Fomentar,
en todos los Estados miembros, la utilización de indicadores
de un desarrollo sostenible en sus programas nacionales de planificación
económica y social y en sus procedimientos de adopción
de decisiones, con miras a la eficaz integración de los
sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada en la planificación del desarrollo económico
en el plano nacional;
b) Fomentar
la adopción de un mejor sistema de reunión de
datos ecológicos, económicos y sociales.
b) Mejoramiento
de los sistemas de contabilidad nacional
8.45 En
el plano nacional, el programa podría ser adoptado principalmente
por los organismos que se ocupan de las cuentas nacionales,
en estrecha cooperación con los departamentos que se
encargan de las estadísticas ecológicas y de los
recursos naturales, con miras a ayudar a los especialistas en
análisis económico nacional y a los encargados
de la planificación económica nacional. Las instituciones
nacionales deberían desempeñar un papel fundamental,
no sólo como depositarias del sistema, sino también
en relación con su adaptación, su establecimiento
y su utilización continua. Los trabajos productivos no
remunerados, tales como los trabajos domésticos y el
cuidado de los niños, deberían incluirse, cuando
procediera, en las cuentas nacionales subsidiarias y en
las estadísticas económicas. Los estudios sobre
la utilización del tiempo podrían ser un primer
paso en el proceso de elaboración de esas cuentas subsidiarias.
c) Establecimiento
de un proceso de evaluación
8.46 En
el plano internacional, la Comisión de Estadística
debería reunir y estudiar la experiencia adquirida y
asesorar a los Estados miembros en cuestiones técnicas
y metodológicas relacionadas con la ulterior elaboración
y la puesta en práctica de sistemas de contabilidad ecológica
y económica integrada en los Estados miembros.
8.47 Los
gobiernos deberían tratar de determinar y examinar medidas
encaminadas a corregir las distorsiones de precios causadas
por los programas ecológicos que afectan a los recursos
de tierras, agua, energía y otros.
8.48 Los
gobiernos deberían alentar a las empresas a que:
a) Proporcionaran
información ecológica pertinente presentando informes
claros y detallados a accionistas, acreedores, empleados, autoridades
gubernamentales, consumidores y público en general;
b) Elaboraran
y aplicaran métodos y normas para la contabilidad del
desarrollo sostenible.
d) Mejoramiento
de la reunión de datos y de información
8.49 Los
gobiernos podrían considerar la introducción de
las mejoras necesarias en los procedimientos de reunión
de datos para establecer sistemas nacionales de contabilidad
ecológica y económica integrada, con miras a contribuir
pragmáticamente a una gestión económica
racional. Se debería hacer hincapié en el aumento
de la capacidad de reunir y analizar datos e información
sobre el medio ambiente y de integrarlos como datos económicos,
incluyendo datos desglosados por sexos. También se debería
tratar de elaborar cuentas sobre el medio físico. Los
organismos internacionales donantes deberían considerar
la posibilidad de financiar el establecimiento de bancos de
datos intersectoriales, con objeto de que la planificación
nacional de un desarrollo sostenible se base en información
precisa, fiable y pertinente y responda a las condiciones nacionales.
e) Fortalecimiento
de la cooperación técnica
8.50 La
Oficina de Estadística de la Secretaría de las
Naciones Unidas, en estrecha colaboración con las organizaciones
competentes de las Naciones Unidas, debería reforzar
los mecanismos existentes para la cooperación técnica
entre los países. Esto debería incluir, en particular,
el intercambio de experiencia sobre el establecimiento de sistemas
de contabilidad ecológica y económica integrada,
especialmente en lo que se refiere a la evaluación de
los recursos naturales no comercializados y a la normalización
de los procedimientos de reunión de datos. También
debería procurarse la cooperación de las empresas
comerciales y la industria, incluidas las grandes empresas industriales
y empresas transnacionales con experiencia en la valoración
de ese tipo de recursos.
Medios de
ejecución
a) Financiación
y evaluación de los costos
8.51 La
secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo
total medio por año (1993-2000) de la realización
de las actividades de este programa ascenderá a unos
2 millones de dólares, que la comunidad internacional
suministrará a título de donación o en
condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas
únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos.
Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las
no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de
las estrategias y los programas específicos que los gobiernos
decidan ejecutar.
b) Fortalecimiento
de las instituciones
8.52 Para
poner en práctica los sistemas de contabilidad ecológica
y económica integrada:
a) Se podrían
reforzar las instituciones nacionales de los países en
desarrollo para lograr la integración efectiva del medio
ambiente y el desarrollo a nivel de la planificación
y la adopción de decisiones;
b) La Oficina
de Estadística debería prestar el apoyo técnico
necesario a los Estados miembros, teniendo debidamente en cuenta
el proceso de evaluación que ha de establecer la Comisión
de Estadística; la Oficina de Estadística debería
proporcionar apoyo técnico apropiado para el establecimiento
de sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada en colaboración con los organismos competentes
de las Naciones Unidas.
c) Aumento
de la utilización de las tecnologías de la información
8.53 Se
podrían elaborar y acordar directrices y mecanismos para
la adaptación y la difusión de las tecnologías
de la información a los países en desarrollo.
Se deberían adoptar las tecnologías más
avanzadas de gestión de los datos para que la utilización
de los sistemas de contabilidad ecológica y económica
integrada se difunda y tenga la máxima eficiencia.
d) Fortalecimiento
de la capacidad nacional
8.54 Los
gobiernos, con el apoyo de la comunidad internacional, deberían
reforzar su capacidad institucional nacional de reunir, almacenar,
organizar, evaluar y utilizar datos para la adopción
de decisiones. Será preciso, especialmente en los países
en desarrollo, capacitar al personal que vaya a ocuparse, en
la totalidad de los niveles, de todos los sectores relacionados
con el establecimiento de sistemas de contabilidad ecológica
y económica integrada. Esa capacitación debería
incluir la formación técnica del personal encargado
del análisis económico y ecológico, de
la reunión de datos y de la contabilidad nacional, así
como la formación del personal directivo para que utilice
tal información de forma pragmática y apropiada.