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Distr. GENERAL E/CN.4/2000/3/Add.3 25 de noviembre de 1999 ESPAÑOL Original: INGLÉS |
1. Por invitación del Gobierno de México, la Relatora Especial visitó México del 12 al 24 de julio de 1999. La invitación del Gobierno se efectuó en cumplimiento de una solicitud formulada tiempo atrás por el anterior Relator Especial, Sr. Bacre Waly Ndiaye, y reiterada por la actual Relatora Especial al asumir su cargo en 1998. La solicitud obedecía en parte a las numerosas denuncias de casos individuales de ejecuciones extrajudiciales y a los informes sobre una serie de matanzas ocurridas en los últimos años en los Estados de Guerrero y Chiapas. Antes de viajar a México la Relatora Especial recibió una cantidad considerable de información de fuentes tanto gubernamentales como no gubernamentales sobre los acontecimientos ocurridos en Acteal, El Bosque, Aguas Blancas y El Charco y sobre una serie de asesinatos, en su mayoría de mujeres jóvenes, que habían tenido lugar en Ciudad Juárez (Chihuahua). También se recibieron de organizaciones no gubernamentales y de particulares de todo México denuncias de casos individuales de ejecuciones extrajudiciales y de amenazas de muerte contra defensores de los derechos humanos y miembros de la sociedad civil.
2. La Relatora Especial aprovecha la oportunidad para dar las gracias al Gobierno de México por haberla invitado a visitar el país y por la valiosa asistencia y cooperación que le prestaron, que facilitaron en gran medida su labor. Antes de la misión, la Relatora Especial y su personal de apoyo se pusieron en contacto con la Misión Permanente de México ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, la cual desempeñó un papel importante en la tarea de planificar y facilitar la visita. Durante la estadía de la Relatora Especial en México, las autoridades accedieron a todas las solicitudes de reuniones por ella formuladas. La Relatora Especial y su delegación gozaron de plena libertad de circulación y tuvieron libre acceso a particulares y organizaciones no gubernamentales. La Relatora Especial también señala con reconocimiento que pudo desarrollar su visita en una atmósfera transparente y abierta, en gran medida gracias a los medios de difusión nacionales e internacionales que se interesaron activamente en la misión. También desea expresar su sincero reconocimiento por la asistencia prestada por las numerosas organizaciones no gubernamentales y particulares con quienes tuvo oportunidad de entrevistarse durante su estadía en México. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Centro de Información de las Naciones Unidas en México D.F. proporcionaron inapreciable apoyo logístico, administrativo y de otro tipo, sin el cual la visita no habría sido productiva.
3. El presente informe no es ni puede ser un sucedáneo de investigaciones oficiales ni de procedimientos judiciales. Su alcance está limitado al mandato confiado a la Relatora Especial y se concentra en la situación actual y en algunos acontecimientos importantes del pasado reciente, en especial las muertes ocurridas en Acteal, El Bosque, Aguas Blancas y El Charco. No se pudieron investigar todos los casos señalados a la atención de la Relatora Especial durante su misión. Muchos de esos casos se tramitarán y transmitirán al Gobierno de México, de conformidad con los métodos de trabajo establecidos con arreglo a los mecanismos especiales de la Comisión de Derechos Humanos. Desentrañar la complejidad de la actual situación reinante hoy en México en materia de derechos humanos exigirá un debate que va más allá del alcance y la finalidad del presente informe. Por lo tanto, el informe solamente incluye observaciones amplias relativas a la situación general de los derechos humanos en el país en la medida en que se encuadran dentro del mandato y puedan contribuir a tratar el problema e impedir que se produzcan ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias en México.
4. Las conclusiones y observaciones del informe se basan en la información reunida durante la misión y en las normas internacionales pertinentes. A ese respecto, la Relatora Especial ha prestado especial atención a las siguientes cuestiones:
a) Medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar el derecho a la vida;
b) Proporcionalidad y propiedad del uso de la fuerza por los organismos encargados del orden público, con inclusión de las fuerzas armadas, en el desempeño de sus funciones;
c) Fiabilidad de las investigaciones efectuadas por las autoridades sobre los incidentes examinados;
d) Medidas adoptadas para procesar a los autores de las ejecuciones, independientemente del cargo público u oficial que ocupen;
e) Medidas adoptadas por las autoridades para impedir que vuelvan a producirse tragedias de este tipo;
f) Complicidad o aquiescencia del Gobierno en ejecuciones llevadas a cabo por elementos no vinculados al Estado.
5. En la primera parte de su misión, la Relatora Especial se entrevistó con los siguientes funcionarios e instituciones oficiales de México, D.F.: el Secretario de Relaciones Exteriores, el Secretario de Gobernación, el Procurador General de la República, el Procurador Militar, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto Nacional Indigenista y el Coordinador para el Diálogo y la Negociación de Chiapas. También se celebraron reuniones con la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de México y con representantes de los partidos políticos. Hacia el final de su visita la Relatora Especial se entrevistó con el Jefe de Gobierno y otros funcionarios del Distrito Federal y celebró reuniones complementarias con el Procurador General de la República y con la Comisión Intersecretarial para la atención de los compromisos internacionales de México en materia de derechos humanos. En México, D.F. se reunió también con el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Al finalizar la misión se celebró una conferencia de prensa en México, D.F.
6. Mientras se encontraba en México, D.F., la Relatora Especial tuvo conversaciones con representantes de organizaciones no gubernamentales y con testigos o familiares de las víctimas de presuntas ejecuciones extrajudiciales. Entre otras fuentes de información cabe mencionar a las siguientes organizaciones: Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos "Todos los Derechos para Todos", Acción de los Cristianos por la Abolición de la Tortura, Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín pro Juárez, Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, Centro de Estudios Fronterizos y de Promoción de los Derechos Humanos, Comisión de Solidaridad y Defensa de Derechos Humanos, Comunicación e Información de la Mujer, Asociación de Familiares de Desaparecidos-Detenidos en México, Frente Cívico Sinaloense, Centro Nacional de Comunicación Social, Centro de Apoyo al Migrante y Centro de Asistencia Letrada a los Trabajadores Rurales en California. La Relatora Especial también recibió información sobre la situación de los periodistas en México de representantes de la Red Nacional de Comunicadores Civiles/Censos y la Red de Protección a Periodistas y Medios de Comunicación. En México, D.F. la Relatora Especial también se reunió con algunas organizaciones de mujeres, especialmente en relación con los acontecimientos de Ciudad Juárez.
7. La Relatora Especial viajó al Estado de Guerrero del 16 al 19 de julio. En Chilpancingo, capital del Estado, se entrevistó con autoridades locales, incluido el Gobernador y el Procurador del Estado. También en Chilpancingo tuvo reuniones con la Comisión de Derechos Humanos de Guerrero y con representantes del Instituto Nacional Indigenista, y con organizaciones no gubernamentales de derechos humanos tales como la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos "Todos los Derechos para Todos", el Centro de Derechos Humanos de la Montaña "Tlachinollan" y la Organización Campesina de la Sierra del Sur. En Chilpancingo, la Relatora Especial también tuvo la oportunidad de oír un apreciable número de testimonios de personas que habían presenciado presuntas ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. En Guerrero, la Relatora Especial visitó el Centro de Readaptación Social de Acapulco, en el que entrevistó a los reclusos, entre los que se contaban ex oficiales de policía que cumplían condenas por su participación en el incidente de Aguas Blancas y civiles encarcelados en relación con la operación militar de El Charco.
8. La Relatora Especial visitó el Estado de Chiapas del 20 al 22 de julio. En Tuxtla Gutiérrez, capital del Estado, se entrevistó con el Gobernador, el Secretario de Gobernación, el Procurador General de Justicia y los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Estado. En San Cristóbal de las Casas se reunió con el Presidente Municipal, representantes del Cabildo, el Presidente Municipal de Chenalhó y el Procurador Especial para el caso de Acteal. También recibió extensa información de organizaciones no gubernamentales tales como el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, el Centro de Derechos Humanos Fray Pedro Lorenzo de la Nada, el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdoba, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y la Sociedad Confraternice. En San Cristóbal de las Casas oyó testimonios de particulares que decían haber sido testigos de violaciones de los derechos humanos, con inclusión de ejecuciones extrajudiciales. También se entrevistó brevemente con el Obispo Samuel Ruiz, que encabeza la Comisión Nacional de Intermediación (CONAI). Mientras se encontraba en Chiapas, la Relatora Especial tuvo la oportunidad de visitar el pueblo de Acteal, municipio de Chenalhó, donde oyó el testimonio de sobrevivientes de la matanza de diciembre de 1997. En San Cristóbal de las Casas también tuvo conversaciones con el Comité Internacional de la Cruz Roja.
9. El 23 de julio, a fines de su visita, la Relatora Especial viajó a Ciudad Juárez, en el Estado de Chihuahua, donde se reunió con funcionarios de la Procuradoría de Justicia, con inclusión de la Procuradora Especial para la atención de la muerte de mujeres en Ciudad Juárez. La finalidad de la visita era reunir información sobre una serie de asesinatos de mujeres jóvenes ocurridos en la zona en los últimos seis años. En Ciudad Juárez también tuvo la oportunidad de reunirse con representantes sindicales y miembros de la comunidad empresarial local.
10. La Relatora Especial reconoce las dificultades que enfrenta el Gobierno de México para desarrollar un buen gobierno. La Federación está integrada por 31 Estados y un Distrito Federal. México tiene una rica diversidad cultural y una población indígena de más de 8 millones de personas, en su mayoría concentrada en los Estados meridionales de Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Yucatán. Se hablan en el país más de 59 idiomas. Hay considerables diferencias económicas y sociales entre los Estados en su mayoría subdesarrollados del sur y los centros urbanos industrializados y las zonas en desarrollo situadas a lo largo de la frontera con los Estados Unidos de América. Esta distribución despareja de la riqueza y las oportunidades ha dado lugar a una rápida urbanización en los últimos años. Se estima que del 60 al 70% del total de la población vive ahora en zonas urbanas. Otro problema lo constituye el surgimiento de grupos armados. Todos esos factores contribuyen a la complejidad de la situación, pero no pueden reducir la responsabilidad que tiene el Gobierno de proteger la vida de los ciudadanos del país. Cabe recordar que los Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias ponen de relieve el respeto absoluto de la vida, incluso en situaciones en que predomine el estado de guerra o de riesgo de guerra, la inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública.
11. En el pasado reciente, México ha tenido un historial turbulento de violencia y violaciones de los derechos humanos, incluidas las ejecuciones extrajudiciales. Este legado condiciona en gran medida el actual debate sobre los derechos humanos y determina los problemas que enfrenta el país. Éste está en medio de un complicado proceso de transición económica y política. Al mismo tiempo, está haciendo lo posible por reafirmar su posición en el plano internacional, especialmente en la esfera de la integración y cooperación económicas. En los últimos decenios, sucesivos gobiernos han iniciado una amplia gama de reformas políticas y judiciales. Algunas de ellas apuntan directamente a solucionar problemas urgentes de derechos humanos, incluidas las vulneraciones del derecho a la vida. A pesar de los esfuerzos hechos y los compromisos contraídos, la situación en materia de derechos humanos sigue siendo causa de preocupación nacional e internacional. Según algunos observadores, ya anteriormente se han tomado iniciativas de este tipo en respuesta a incidentes particularmente graves y de amplia difusión pública, iniciativas que en ocasiones han apuntado más a proteger la imagen internacional del país que a ir a la raíz de los problemas.
12. En sus conversaciones con la Relatora Especial, funcionarios del Gobierno, particulares y miembros de organizaciones no gubernamentales coincidieron en general en que había habido un cambio gradual en la actitud de algunos de los protagonistas gubernamentales, desde el nivel federal hasta el municipal, que ahora se mostraban más inclinados a mejorar la situación de los derechos humanos en instituciones y organismos públicos. A ese respecto, la Relatora Especial toma nota particularmente de las declaraciones públicas del Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, en las que reconoció que había problemas de derechos humanos y reafirmó su determinación de acabar totalmente con el fenómeno de la impunidad y reformar el sistema jurídico a fin de no dejar en pie la posibilidad de ejecuciones extrajudiciales.
13. Se hicieron eco de esta determinación y de este compromiso todos los funcionarios gubernamentales y públicos con los que habló la Relatora Especial. Sin embargo, en tanto que algunos funcionarios e instituciones realmente han emprendido cambios, otros siguen contentándose con la retórica y atribuyen la falta de progresos al legado de la cultura política del pasado. A pesar de este nivel desparejo de compromiso por parte de los funcionarios del Estado, la mayoría de los interlocutores, incluidos miembros de los partidos de oposición y de organizaciones no gubernamentales, periodistas y víctimas de excesos del pasado o sus familias, reconocieron que la incidencia de ejecuciones extrajudiciales en gran escala había disminuido en el último par de años y que el proceso democrático se estaba orientando lentamente en una dirección positiva. Alentó a la Relatora Especial a observar la participación activa de la sociedad civil en la tarea de traer a la conciencia del público las cuestiones de derechos humanos. El aspecto más inspirador de la sociedad civil mexicana es el surgimiento de un público informado y de la determinación del público de insistir en un mayor respeto de los derechos humanos.
14. A pesar de cierta renuencia, se pudo observar que a todos los niveles se habían hecho esfuerzos concretos encaminados a terminar con el legado y las prácticas del pasado. Alentó especialmente a la Relatora Especial enterarse de que el nuevo gobierno del Estado de Guerrero, para nombrar al Procurador General de Justicia, había remitido esa decisión al Congreso, abandonando así la práctica de larga data de dejar esa designación en manos del gobierno. En sus conversaciones con la Relatora Especial, el Gobernador de Guerrero reconoció que todavía había impunidad para las personas que gozaran de cierta categoría política o social, pero hizo hincapié en su determinación de superar este problema fortaleciendo las instituciones de administración de justicia y haciendo lo posible por que el público adquiera mayor conciencia de la importancia de los derechos humanos. La Relatora Especial también tuvo una entrevista muy constructiva con el Procurador General de Justicia de Guerrero, en la que éste respondió a varios interrogantes planteados por la Relatora Especial en su último informe a la Comisión de Derechos Humanos (E/CN.4/1999/39/Add.1). La Oficina del Procurador General también hizo comparecer ante la Relatora Especial a tres personas que en el mencionado informe se habían mencionado como desaparecidas.
15. El Gobierno Federal ha tomado en los últimos años una serie de iniciativas que, según señala el Gobierno, apuntan a fortalecer el sistema jurídico y el proceso de democratización. Entre ellas se cuentan:
a) La institución de una amplia gama de reformas electorales;
b) La ampliación de la jurisdicción de los tribunales ordinarios para oír peticiones relacionadas con las elecciones;
c) La introducción de elecciones para el cargo de Jefe de Gobierno de México DF;
d) La promulgación de leyes para mejorar el funcionamiento de la Procuradoría General de Justicia y hacer que responda en mayor medida de sus actos;
e) La introducción de reformas judiciales para mejorar el funcionamiento de los tribunales federales;
f) El mejoramiento de las condiciones de trabajo de procuradores y jueces con la introducción de tecnologías modernas y aumento del número de tribunales;
g) La reforma del sistema de justicia penal a fin de poner coto a la delincuencia organizada;
h) La ampliación de la jurisdicción de la Corte Suprema para la revisión judicial en determinadas esferas;
i) El fortalecimiento de la Ley Federal para la Prevención y el Castigo de la Tortura;
j) El establecimiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y comisiones análogas a nivel de los Estados;
k) La capacitación en materia de derechos humanos dada a los miembros de las fuerzas armadas, la policía y funcionarios de algunas procuradorías generales de los Estados, y
l) La adopción de medidas para lograr la reconciliación entre grupos armados de la oposición.
La Relatora Especial acoge con beneplácito estas iniciativas y confía en que tengan efectos prácticos en la empresa de impedir nuevas ejecuciones judiciales y procesar y castigar a los responsables de ellas.
16. La Relatora Especial acoge con beneplácito el proceso continuo de reforma. Al mismo tiempo, sabe que la situación sigue siendo insatisfactoria en muchos aspectos, especialmente en lo relativo al fortalecimiento de instituciones a nivel estatal y local. Las medidas iniciales adoptadas y los compromisos contraídos por las autoridades mexicanas para encarar los problemas del país en lo relativo a los derechos humanos demuestran que la voluntad política del Gobierno es un requisito previo imprescindible para un auténtico cambio. Sin embargo, algunos miembros de los partidos de oposición y de organizaciones no gubernamentales se mostraron renuentes a dar pleno crédito al compromiso expreso del Gobierno de proceder a una reforma rápida y auténtica. Temían que en el futuro las ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones graves de los derechos humanos se llevaran a cabo con mayor cuidado, de manera de que no quedara en descubierto la participación directa o indirecta de la policía o los militares.
17. Muchos interlocutores expresaron el temor de que el aumento de las tensiones y frustaciones políticas durante el período previo a las elecciones del año 2000, sumado a la presencia de grupos armados de diversas tendencias políticas, pudieran dar lugar a desórdenes y violencia en los meses venideros. En el último período electoral las tensiones se manifestaron en violencia, y hubo denuncias de ejecuciones extrajudiciales. Los miembros de la oposición que representaban al PRD (Partido de la Revolución Democrática) y otros confiaban en que pudiera contarse con algún tipo de presencia internacional en las elecciones presidenciales y parlamentarias del año 2000 a fin de evitar la violencia prevista. Ya se han iniciado en México los preparativos para las elecciones, y la Relatora Especial tomó nota con satisfacción de que las cuestiones relacionadas con los derechos humanos, y particularmente la impunidad de los culpables de violaciones de los derechos humanos y otras fuentes importantes de injusticia, han pasado a ser temas centrales del debate público. La Relatora Especial cree que toda iniciativa encaminada a aliviar las tensiones y evitar la violencia en el período preelectoral contribuirá a restaurar la confianza entre los grupos que actualmente están en pugna o participan en el enfrentamiento armado.
18. La mayor parte de la información presentada a la Relatora Especial en su misión se concentró en los incidentes de Acteal y El Bosque, en el Estado de Chiapas, y en Aguas Blancas y El Charco, en el Estado de Guerrero. Estos incidentes guardaban relación directa o indirecta con el aumento de las tensiones políticas y el surgimiento de grupos de oposición armados en los dos Estados. Si bien esos movimientos son militantes en el logro de sus objetivos, que tienen sus raíces en reivindicaciones económicas, sociales y políticas, no aspiran a la secesión. Les preocupa más bien obtener un mayor grado de autonomía local y de mejoramiento de la situación económica de la población indígena.
19. En el Estado de Chiapas, la tensión política de larga data alcanzó un punto de crisis el 1º de enero de 1994, cuando el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) organizó un breve levantamiento armado contra el Gobierno federal para protestar contra la que describió como represión sufrida a manos del ejército y la policía y para plantear sus exigencias de una mayor autonomía, viabilidad económica y respeto para las comunidades indígenas. Tras 12 días se declaró una cesación del fuego. Las negociaciones entre el Gobierno y el EZLN condujeron a la larga a la firma de los acuerdos de San Andrés Larráinzar el 16 de febrero de 1996, en virtud de los cuales se estableció un marco para aumentar la autonomía municipal y proteger a las comunidades indígenas locales. Sin embargo, esos acuerdos no se aplicaron, aunque todavía están oficialmente en vigor. La Relatora Especial fue informada de que el Gobierno temía que la aplicación de los acuerdos despojara a los grupos menos favorecidos de las comunidades indígenas de sus derechos individuales en favor de los derechos colectivos de la población indígena. Las fuerzas del Gobierno y el EZLN mantienen ahora una tensa calma interrumpida por violentos encuentros ocasionales. Desde 1996, el EZLN y sus simpatizantes han declarado 38 "municipios autónomos" en Chiapas. El Gobierno no ha reconocido esas comunidades y cuatro de ellas han sido disueltas por las autoridades federales. El enfrentamiento entre el EZLN y el Gobierno ha dividido a la población local y ha dado lugar a la formación de grupos armados, denominados a veces "grupos paramilitares".
20. Los trágicos acontecimientos de Acteal se produjeron en circunstancias de largas disputas¸ con frecuencia por la propiedad de la tierra, que han dividido durante decenios a las comunidades indígenas locales. Esas divisiones se han exacerbado aún más, debido a tensiones religiosas y políticas en Chiapas, derivadas de la confrontación entre el Gobierno y los grupos de oposición, particularmente el EZLN. Los choques entre seguidores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) gobernante y simpatizantes del EZLN han ocasionado un gran número de víctimas en los últimos cinco años. En efecto, esta confrontación política ha opuesto a unas comunidades locales contra otras, como consecuencia de lo cual la población indígena ha pagado un elevado precio en sufrimientos humanos, y sigue viviendo bajo la constante amenaza de que se reanude la violencia.
21. En Guerrero, grupos de campesinos organizados se han enfrentado de vez en cuando con el Gobierno. Las autoridades sostienen que algunos de esos grupos están armados y son militantes, en tanto que otros tienen vínculos con esos grupos militantes y armados. La Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS) fue fundada en enero de 1994 por un grupo de campesinos locales en la ciudad de Tepetixtla, con el fin de proteger los intereses de la población rural, particularmente amenazada en aquella época debido a la continua disminución de los precios de los productos agrícolas. Representa a varios miles de campesinos en la región de Guerrero (Costa Grande). Entre las principales demandas de la organización figuran que el Gobierno preste asistencia para mejorar la infraestructura, como carreteras y abastecimiento de agua, y que la policía y el ejército pongan fin a la violencia y a la intimidación contra la población rural, según se afirma. Las autoridades han acusado a la OCSS de mantener estrechos vínculos con el grupo de oposición armado, el Ejército Popular Revolucionario (EPR), organización que apareció públicamente por primera vez en 1996, un año después de la matanza de Aguas Blancas. Las fuerzas gubernamentales siguen interviniendo en conflictos esporádicos poco importantes con el EPR y su grupo disidente, ERPI (Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente). El Gobierno considera a esos grupos como movimientos terroristas y no está dispuesto a iniciar negociaciones para apaciguar la situación. La aparición del EPR y del ERPI y las operaciones del Gobierno contra los insurgentes han originado una mayor militarización y violencia en la región, lo que a su vez ha tenido graves consecuencias para los derechos humanos de la población civil.
22. Además de los incidentes relacionados con la confrontación armada en Chiapas y en Guerrero, se alertó también a la Relatora Especial sobre otros casos, la mayoría de ellos relacionados con abusos de la policía y el uso excesivo o arbitrario de la fuerza por los militares. Algunos de los informes recibidos indican una obstinada política de violencia entre algunos elementos de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, que siguen cometiendo impunemente graves violaciones de los derechos humanos. Al parecer, en las operaciones contra el crimen emprendidas por la policía y los militares mexicanos se ha hecho a veces un uso excesivo o indiscriminado de la fuerza, que ha acabado en ocasiones con la vida de civiles inocentes. En conversaciones con la Relatora Especial las autoridades mexicanas explicaron pormenorizadamente sus planes e iniciativas para contrarrestar la creciente tasa de delincuencia, con frecuencia muy vinculada al uso y al tráfico de drogas. Si bien la Relatora Especial reconoce totalmente la necesidad de reducir la criminalidad y las dificultades que afronta el Gobierno a este respecto, le preocupa que algunas de las medidas, especialmente la asignación a personal armado de funciones de cumplimiento de la ley, puede ser perjudicial para el imperio de la ley general y el disfrute de los derechos humanos en México.
23. Los incidentes y casos reseñados en los párrafos siguientes, aunque específicos en cuanto a su contexto y ubicación geográfica, muestran problemas profundamente arraigados con respecto a la impunidad de los infractores de los derechos humanos, la total ineficacia del sistema judicial y una falta de transparencia en el funcionamiento de las instituciones estatales que afectan al país y a toda su población. Se trata de cuestiones esenciales que las autoridades mexicanas habrán de abordar urgentemente si quieren que su compromiso declarado de romper el círculo vicioso de la violencia y de la impunidad que ha deteriorado el historial de recursos humanos del país durante tanto tiempo sea creíble y válido.
24. Los informes indican que el ataque de Acteal estuvo precedido de amenazas contra el pueblo, pues se sabía que entre sus residentes había simpatizantes del EZLN. Procede señalar que en las semanas que precedieron a la matanza, miembros del consejo municipal de Chenalhó, dirigido por el PRI, simpatizantes del EZLN que representaban al "Consejo Municipal Autónomo de Polhó" y "Las Abejas", sociedad fundada y registrada como organización sin fines de lucro en 1992, intervinieron en conversaciones destinadas a resolver los crecientes problemas políticos e intercomunitarios en la región. Esas negociaciones, denominadas conversaciones de Las Limas, se rompieron de repente el 17 de diciembre de 1997, al resultar muerto un miembro indígena del PRI, Agustín Vázquez Secum, en una emboscada en el pueblo de Quextic de un grupo armado integrado, según se creía por simpatizantes del EZLN. Ese incidente fue la culminación de una serie de choques entre elementos locales del EZLN y partidarios del Gobierno en los meses que precedieron a la matanza de Acteal. Se informó de que, a mediados de diciembre de 1997, unas 25 personas habían perdido la vida como resultado de esos actos violentos.
25. El 22 de diciembre de 1997, un grupo de entre 60 y 80 hombres armados atacaron el pueblo de Acteal. Según las informaciones, los primeros disparos se escucharon en torno a las 11 de la mañana, cuando la mayoría de los aldeanos estaban reunidos en la iglesia del pueblo implorando ayuda y protección contra el ataque que esperaban. Según los informes recibidos y los testimonios de testigos presenciales oídos personalmente por la Relatora Especial, a muchas de las víctimas se las mató cuando huían de los atacantes. A otras se las mató a poca distancia en el suelo, cuando trataban de cobijarse en una zanja. Según los informes, los disparos continuaron hasta las 6 o las 7 de la tarde aproximadamente, en que los atacantes se retiraron del pueblo. Perdieron la vida 45 civiles no armados, la mayoría de ellos mujeres y niños, y otros 25 resultaron heridos. Todas las víctimas pertenecían a la sociedad "Las Abejas".
26. El 21 de julio, la Relatora Especial visitó Acteal, donde tuvo ocasión de inspeccionar el lugar de la matanza, de reunirse con representantes de la sociedad "Las Abejas" y de escuchar los testimonios de supervivientes y testigos. Desea agradecer a los residentes de Acteal su cooperación y que le ofrecieran la ocasión de conocer personalmente el pueblo y sus alrededores.
27. Al parecer, las autoridades estatales, incluida la policía, aunque sin duda conocedoras del aumento de la tensión y de los agravios en la región de Chenalhó, no tomaron medidas concretas para impedir una mayor violencia. En los informes de fuentes no gubernamentales se alega que funcionarios del Gobierno, incluido el Secretario del Interior de Chiapas, informados de que se estaba produciendo el incidente, no actuaron. Según las informaciones, en el momento de la matanza la patrulla policial más próxima se encontraba tan sólo a 200 metros, pero no intervino. También se informa de que la policía local modificó considerablemente el lugar de la matanza, y de que incluso trató de retirar alguno de los cuerpos antes de que comenzaran las investigaciones del caso.
28. Sobre la base de su investigación del incidente de Acteal, el 8 de enero de 1998, la CNDH publicó la recomendación 01/98, dirigida al Gobernador del Estado de Chiapas y al Procurador General de la República, en la que señalaba una serie de omisiones e irregularidades cometidas por las autoridades estatales, que a su juicio equivalían a violaciones de los derechos humanos. La CNDH informó de que el Secretario del Interior del Estado de Chiapas y el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Mediación en las diócesis de San Cristóbal de las Casas fueron informados aproximadamente a las 11 de la mañana de que había disparos en Acteal. Según el Libro Blanco publicado por la Procuraduría General de la República (PGR), entre las 6 y las 7 de la tarde acudieron al lugar de los sucesos agentes de la seguridad pública, quienes informaron de que todavía se oían disparos. La Comisión recomendó, entre otras cosas, que se realizaran nuevas investigaciones, para comprobar la responsabilidad de 15 funcionarios públicos identificados en relación con las citadas irregularidades, incluidos algunos de alto rango como el Procurador General del Estado, el Secretario de Gobernación y varios altos cargos policiales. Se dijo que varios de esos oficiales deberían dimitir. La CNDH recomendó asimismo que se revisaran los procedimientos empleados por la Procuraduría del Estado y que se revisara y reforzara la formación impartida a los funcionarios de la Procuraduría y de la policía estatal. La CNDH recomendó además que el Gobierno estatal pagara indemnizaciones a las familias de los fallecidos y de los heridos. Cabe señalar que el día en que se publicaron las recomendaciones de la CNDH el Gobernador de Chiapas y todos los funcionarios implicados por la CNDH en el caso de Acteal dimitieron de sus cargos.
29. La prensa dio gran publicidad a la matanza de Acteal, y el Presidente de México pidió inmediatamente, el 23 de diciembre, a la PGR que considerara la posibilidad de transferir la jurisdicción sobre el caso de Acteal al ámbito federal. La PGR se mostró de acuerdo, por considerar que el incidente entrañaba delitos correspondientes a la jurisdicción local y federal. El mismo día, la PGR envió un Procurador General Auxiliar, con un grupo de investigadores y un oficial de la policía judicial federal a Chiapas, para iniciar las investigaciones del incidente.
30. El 1º de abril de 1998, la PGR creó la Oficina del Fiscal Especial para investigar los delitos cometidos en la municipalidad de Chenalhó, Estado de Chiapas. La Relatora Especial se reunió en San Cristóbal de las Casas con el Fiscal Especial, que le explicó ampliamente el estado en que se encontraban las investigaciones. En diciembre de 1998, la Oficina del Procurador Especial publicó el Libro Blanco sobre Acteal, presentó las conclusiones oficiales y describió las medidas adoptadas por las autoridades para investigar el caso. En el documento, la PGR explicó que la matanza de Acteal era la culminación de antiguos conflictos no resueltos entre comunidades indígenas locales, y llegó a la conclusión de que las autoridades habían contribuido a intensificar las tensiones y la inseguridad al no tomar medidas apropiadas para investigar una serie de delitos cometidos en la región antes del incidente, el 22 de diciembre de 1997. Tras la matanza de Acteal, la PGR asumió la jurisdicción de 34 casos de delitos cometidos en la región antes del 22 de diciembre de 1997, entre los que figuraban homicidio, amenazas y posesión ilegal de armas. La PGR descubrió que en varios de esos casos, y sobre todo en los que estaban implicados elementos del EZLN y progubernamentales, se habían producido grandes demoras en el procedimiento que podían considerarse un obstáculo a la administración de justicia. Desde entonces se han iniciado actuaciones judiciales contra varios funcionarios públicos considerados responsables de esas omisiones.
31. Además de evidentes actos de omisión o negligencia, las investigaciones mostraron que agentes de la policía estatal habían intervenido en el suministro y transporte de armas a los autores de la matanza. La PGR averiguó también que agentes de policía estacionados en la zona no habían tomado las medidas adecuadas para proteger la vida de los residentes de Acteal. Catorce agentes de policía fueron detenidos al sospecharse que habían intervenido en esas actividades. El primer grupo de 20 civiles sospechosos de haber perpetrado la matanza fueron detenidos por la policía después de haber sido identificados por testigos. Sobre la base de la información obtenida de esas personas, la policía identificó y detuvo posteriormente a los sospechosos restantes.
32. El 20 de julio, la Relatora Especial visitó la prisión de Cero Hueco en Tuxtla, Gutiérrez, donde se encontraban la mayoría de las personas detenidas a causa del incidente. La Relatora Especial lamenta que el momento de la visita fuera poco propicio, pues tuvo lugar tan sólo un día después de condenarse a varios de los acusados, cuyas penas variaban de 3 años y 9 meses a 35 años de prisión. Entre los declarados culpables no figuraba ninguno de los funcionarios estatales de alto rango mencionados por la CNDH en sus recomendaciones sobre el caso. Según las estadísticas proporcionadas por la prisión de Cero Hueco, actualmente están detenidas en relación con la matanza de Acteal 101 personas. De ellas, todavía se está investigando o se espera el veredicto sobre 67 civiles y 8 ex agentes de policía. Entre los detenidos se encuentra también el ex presidente municipal de Cenalhó, Jacinto Arias Cruz, que fue condenado a 35 años de prisión en septiembre de 1999 por haber distribuido armas a los delincuentes. La Relatora Especial no se reunió con el ex alcalde Cruz, a pesar de la petición de ver a todos los encarcelados en relación con la matanza de Acteal.
33. Muchas personas con quienes habló la Relatora Especial, incluidos los ex agentes de policía condenados, expresaron su amargura por el hecho de que los oficiales superiores y los funcionarios públicos de alto rango a quienes consideraban los máximos responsables de los actos y omisiones de las autoridades el día de la matanza, y a quienes se mencionaba en las recomendaciones de la CNDH citadas anteriormente, no hubieran sido enjuiciados. También se hicieron varias preguntas sobre las detenciones realizadas después de la matanza, y muchos expresaron dudas en cuanto a si todos los civiles detenidos eran realmente responsables de ella. Se adujo que muchos de los encarcelados fueron elegidos al azar por la policía y detenidos. En algunos casos, aparentemente la policía pidió a esas personas que acudieran a Tuxtla Gutiérrez para "conversaciones" no especificadas y fueron detenidas al llegar. El Fiscal Especial para Acteal explicó que se recurrió a ese método por no haber otra manera de descubrir a los sospechosos para que los identificaran los supervivientes de la matanza.
34. Se expresó la preocupación de que algunos de los detenidos pudieran haber sido simplemente denunciados como acto de venganza o represalia por vecinos hostiles o adversarios políticos. A ese respecto, debe señalarse que la PGR informó a la Relatora Especial de que las autoridades habían solicitado asistencia del Presidente Municipal Cruz de Chenalhó para verificar la identidad de los sospechosos una vez detenidos e identificados positivamente. El propio Presidente Municipal fue acusado el 27 de diciembre de 1997. Los supervivientes confirmaron que los condenados eran verdaderamente responsables. Algunas organizaciones no gubernamentales que intervinieron en el caso estaban igualmente convencidas. Sostuvieron que el sistema jurídico mexicano tiene graves deficiencias, pero se resistían a poner en duda que todas las personas detenidas y condenadas por la matanza de Acteal fueran verdaderamente responsables de los delitos. En conversaciones con la Relatora Especial, el actual Presidente Municipal de Chenalhó expresó dudas y mantenía la firme creencia de que era preciso volver a investigar todo el caso. Le preocupaba profundamente que, en razón de condenas erróneas, pudiera haber otra oleada de violencia, con represalias, especialmente porque los condenados y las víctimas pertenecen a dos facciones religiosas rivales.
35. La preocupación de que con las condenas no terminara la violencia, al no haberse abordado las causas que la originan, estaba muy generalizada. En primer lugar, no se había investigado debidamente la función y la responsabilidad de los altos funcionarios estatales por no haber adoptado las medidas apropiadas con respecto al incidente, como recomendaba expresamente la CNDH en su recomendación 1/98 de 8 de enero de 1998. En segundo término, grupos armados paramilitares siguen actuando libremente, lo que representa una amenaza para la vida de la población indígena. Por último, todavía no se han tomado las medidas adecuadas para inspirar confianza en el sistema judicial. Durante la misión, la Relatora Especial tuvo ocasión de discutir de las disposiciones jurídicas sobre la libertad bajo fianza con el Presidente del Tribunal Supremo de Chiapas, quien dijo que el poder judicial confiaba plenamente en el dictamen del procurador en la formulación de las acusaciones contra los culpables, por lo que las disposiciones sobre libertad bajo fianza no venían al caso.
36. Si bien la Relatora Especial reconoce la presión con que trabajó la PGR en cuanto a demoras en las investigaciones y las constantes demandas de declaración de culpabilidad, se siente obligada a señalar que los procedimientos de detención e investigación fueron muy irregulares y dejaban un inaceptable margen de identificación errónea. La información proporcionada por las autoridades, organizaciones no gubernamentales y personas privadas no convence a la Relatora Especial de que se haya actuado con toda justicia en las investigaciones y enjuiciamientos que siguieron al incidente de Acteal. En los registros oficiales hay constancia de la participación de agentes de policía estatales para ayudar a los perpetradores a conseguir armas de fuego y transportarlas clandestinamente. Sin embargo, en la investigación no se abordó satisfactoriamente la flagrante no intervención de toda la estructura de mando policial para impedir la matanza el día del incidente y ocuparse los meses anteriores de la situación de la seguridad en la región, que se deterioraba rápidamente.
37. A la Relatora Especial le preocupa que las deficiencias e irregularidades mencionadas anteriormente permitan condenas erróneas y una impunidad selectiva, especialmente por lo que se refiere a la identificación de los verdaderos autores del delito y la determinación de la responsabilidad de personas que ocupan cargos de autoridad y mando. Las grandes dudas que persisten entre la población local con respecto a la independencia y la transparencia de las investigaciones oficiales del caso contribuye también a la desconfianza general que abriga la población local con respecto a las autoridades estatales. Esto puede conducir a su vez a más tensiones y frustraciones, e incluso a represalias y tentativas mal concebidas para lograr la justicia cuando se ve que fracasa el sistema oficial establecido con tal fin.
38. La matanza de ocho civiles y dos agentes de policía en la municipalidad de El Bosque, en el Estado de Chiapas, se produjo en relación con una operación realizada por las fuerzas de seguridad el 10 de junio de 1998 para detener a varias personas pertenecientes a las comunidades de Nischtatalucum, Álvaro Obregón, Tierra Tzotzil, Chavajeval y Unión Progreso. Las fuerzas de seguridad tenían órdenes de busca y captura dictadas por la autoridad judicial competente, como parte de las causas penales Nos. 13/998, 50/998 y 59/998.
39. Según el Gobierno, la operación fue apoyada por unidades del ejército con "funciones protectoras", pues las fuerzas gubernamentales temían la resistencia armada de la comunidad local al ejecutar las órdenes de detención. Cuando se dirigían a Unión Progreso y Chavajeval, las fuerzas gubernamentales fueron atacadas, como consecuencia de lo cual resultaron muertos dos agentes de policía y ocho civiles. Se detuvo a 53 supuestos miembros del EZLN. Se entregó a 27 de ellos al órgano judicial apropiado, cinco quedaron bajo la custodia del consejo de guarda de delincuentes juveniles y los demás fueron liberados.
40. Informes de organizaciones no gubernamentales indican que la operación formaba parte de una campaña más amplia de las autoridades para desmantelar los denominados "municipios autónomos" que habían establecido en la región miembros y simpatizantes del EZLN, y que las órdenes de detención eran sólo un pretexto para actuar en El Bosque. Según esas mismas fuentes, la acción de El Bosque era la cuarta de una serie de operaciones similares realizadas en el primer semestre de 1998; anteriormente, ese mismo año, se había informado de que fuerzas gubernamentales avanzaban para intervenir en las comunidades de Taniperla, Amparo Ocosingo y Nicolás Ruiz. Fuentes no gubernamentales afirmaron que 11 combatientes del EZLN resultaron muertos y al menos 15 heridos en el choque. Se alegó, además, que hombres y mujeres mayores fueron detenidos y maltratados por la policía en relación con el incidente. También se informó del saqueo de casas y del corte del abastecimiento de agua a esas comunidades. Días después se devolvieron ocho cadáveres a Unión Progreso. Según testimonios presenciales, seis de los fallecidos habían sido detenidos y murieron mientras permanecían en custodia. Otros testigos relataron que en la operación se utilizaron helicópteros. Dos de las personas detenidas no habían estado en el lugar de los hechos, extremo confirmado posteriormente por la CNDH.
41. El 14 de octubre de 1998 la CNDH publicó su informe (74/98) sobre los acontecimientos de El Bosque, Chavajeval, y Unión Progreso. En el documento, la CNDH se refería a las irregularidades de procedimiento en las investigaciones oficiales del incidente acaecido en El Bosque. La Comisión llegó a la conclusión de que cinco personas habían sido detenidas sin orden para ello, que no habían sido sorprendidas en flagrante delito y que no había particular urgencia para detenerlas. También llegó a la conclusión de que los actos cometidos por los agentes encargados de hacer cumplir la ley habían constituido una violación de los derechos humanos e infringido las leyes mexicanas y los instrumentos internacionales en detrimento de las partes perjudicadas. Sin embargo, no recomendó que se persiguiera a los agentes de la policía ni a los miembros de las fuerzas armadas directamente responsables de las matanzas.
42. El 12 de junio de 1998 la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos formuló una declaración en la que manifestaba su creciente preocupación por la situación de los derechos humanos en Chiapas y hacía un llamamiento al Gobierno para que viera la manera de restaurar rápidamente el diálogo con las comunidades de ese Estado. La Alta Comisionada también señaló que la reducción de la presencia militar en la región podría ser un primer paso importante para restaurar la confianza y alcanzar una solución pacífica.
43. La información que recibió la Relatora Especial de todas las fuentes era que ninguna de las personas contra las que se dictaron órdenes de detención había estado encarcelada anteriormente ni había sido convicta de ningún delito, lo que parece indicar que se sobrestimó la necesidad de detenerlas con urgencia y que la escala de la operación no estaba justificada. Esta observación presta credibilidad a los informes de fuentes no gubernamentales de que, al emprender la operación, el Gobierno tenía segundas intenciones con respecto a la campaña que supuestamente llevaba a cabo para desmantelar los "municipios autónomos" de Chiapas. La petición de la asistencia del ejército, helicópteros incluidos, parece indicar que, de hecho, las autoridades esperaban una firme resistencia al planear la operación. No obstante, todo parece indicar que al entrar en acción policía y ejército se excedieron en el empleo de la fuerza, y que, por lo demás, se dejaron sin investigar las denuncias graves de ejecuciones extrajudiciales tras la operación.
44. Las violaciones de los derechos humanos cometidas por el ejército se investigan y juzgan en los tribunales militares, cuyo procedimiento se rige por el Código de Justicia Militar. Los jueces de los tribunales militares son todos oficiales en servicio activo que nombra el ejecutivo. Los querellantes particulares no pueden entablar acción penal contra los militantes, y sólo la
Secretaría de Defensa está habilitada para procesar a éstos ante un tribunal militar. Pero este tipo de tribunal no guarda conformidad con los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. El ordenamiento jurídico militar es arbitrario y suele dar lugar a errores judiciales. En los sucesos de El Bosque, la Secretaría de Defensa no consideró la posibilidad de enjuiciar a nadie. El Procurador General de Justicia Militar facilitó a la Relatora Especial información sobre el procesamiento de los militares. En esa documentación no se revela el número total de acusados ni las disposiciones jurídicas en virtud de las cuales se formularon los cargos. Según la información recibida, están en proceso 77 personas por delitos relacionados con la droga, 40 por homicidio, 27 por homicidio culposo, 46 por violencia contra las personas, 68 por abuso de la fuerza, 20 por lesiones con premeditación, 15 por lesiones sin premeditación y 31 por tortura. En una nota al final de documento se dice que algunos de los acusados lo están de más de uno de los delitos mencionados.
45. Hacia las 10.30 de la mañana del 28 de junio de 1995, dos vehículos en los que viajaban campesinos del lugar, pertenecientes en su mayoría a la Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS), fueron detenidos en un puesto de control de carretera de la policía motorizada del Estado situado en una curva cercana a Aguas Blancas, Estado de Guerrero. Los vehículos iban camino de Atoyac de Álvarez, donde la OCSS tenía previsto celebrar una manifestación política de protesta por la "desaparición" de uno de sus afiliados. Además de los pertenecientes a esa organización, en los dos vehículos, que eran camiones de gran tamaño, viajaban otros campesinos que iban al mercado. La policía paró al primer vehículo y ordenó a los pasajeros que descendieran y se echaran al suelo. El segundo vehículo, en el que iban unas 40 personas, llegó unos diez minutos más tarde. Cuando se detuvo se oyeron disparos y la policía abrió fuego en el acto contra el vehículo, incluso con rifles automáticos. Diecisiete civiles resultaron muertos y más de 20 heridos. Dos policías sufrieron lesiones leves, ninguna de ellas causada por armas de fuego.
46. Inmediatamente después del incidente, el Gobierno dijo que se había producido un intercambio de fuego, iniciado por los campesinos. Según la información del Gobierno, el control de carretera formaba parte de una operación de rutina de comprobación de vehículos por si llevaban armas. Poco después de la matanza, el Gobernador de Guerrero, Rubén Figueroa Alcocer, facilitó a la prensa un vídeo en el que se había filmado el incidente, al parecer, con el propósito de aclarar lo hechos. En la cinta se veían, entre otras cosas, los cuerpos de los muertos con armas en la mano. Posteriormente, se pusieron en tela de juicio el valor y la autenticidad de la cinta, ya que al parecer se la había manipulado mucho antes de darla a conocer.
47. Según testigos, al cesar el tiroteo, la policía ordenó a los sobrevivientes que se bajaran del camión y regresaran a su casa. Mientras se alejaban oyeron al parecer disparos aislados. Según se informó, uno de los campesinos que se quedó vio cómo la policía le disparaba en la cabeza a uno de los campesinos heridos. Según los dictámenes de los forenses citados por la CNDH en su informe sobre el incidente, a tres de las víctimas se les había disparado a la cabeza a una distancia de menos de un metro. Dicen también las fuentes que la policía, tras precintar el lugar de los hechos puso armas de fuego en la mano de los muertos para hacer ver que se había tratado de un enfrentamiento armado.
48. Llevó a cabo la investigación de la matanza de Aguas Blancas la Procuradoría General de Justicia, ya que el Procurador General de la República opinaba que el delito no era de jurisdicción federal y, en consecuencia, no lo podía investigar él. El 4 de julio de 1995 el Tribunal de Primera Instancia de Tabares dictó órdenes de detención contra diez policías acusados de homicidio y abuso de autoridad en el incidente de Aguas Blancas.
49. Inmediatamente después de la matanza, representantes del PRD (Partido de la Revolución Democrática) de la oposición y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos pidieron a la CNDH que investigara el caso. En agosto de 1995 esta última dio a conocer un informe (104/95) en el que señalaba una serie de irregularidades en la investigación de los hechos por parte de las autoridades del Estado de Guerrero. Según lo averiguado por la CNDH, las autoridades no habían interrogado a los testigos de la matanza ni tampoco habían interrogado debidamente a los policías que participaron en los hechos. La CNDH concluyó asimismo que los dictámenes de los forenses eran incompletos, defectuosos, y plagados de errores. Además, al parecer, la policía encargada de la investigación había modificado la numeración de los cuerpos de las víctimas. La Comisión señaló que la Procuradoría General del Estado no le había entregado las fotografías tomadas en el lugar de los hechos. Finalmente la CNDH llegó a la conclusión de que los policías entrevistados por sus investigadores habían recibido instrucciones de dar una relación de los hechos deliberadamente engañosa. En su informe, la CNDH recomendó que se investigara a 21 policías y funcionarios públicos sobre su actuación en el incidente de Aguas Blancas y que a ocho de ellos se les suspendiera de sus funciones. La CNDH recomendó también que se nombrara un procurador especial. Por aquel entonces la CNDH no disponía de la versión sin editar de la cinta de vídeo del incidente (véase más adelante), razón por la cual no insistió en la necesidad de investigar la actuación de altos funcionarios del Estado.
50. Tras la recomendación de la CNDH, el 29 de agosto de 1995, la Procuradoría General de Justicia del Estado nombró a un procurador especial para que investigara el incidente de Aguas Blancas. Como resultado de las investigaciones se detuvo a 28 ex policías y 12 ex funcionarios. El 11 de julio de 1997 se los condenó a penas de cárcel que iban de 26 años y seis meses a ocho meses, penas que luego se redujeron, y todos los policías, menos 15, fueron puestos en libertad una vez admitidos los recursos de amparo. En la actualidad hay 13 ex policías que cumplen su condena en el centro de readaptación social de Acapulco, mientras que dos permanecen en la cárcel de Chilpancingo.
51. Si bien es cierto que varios de los policías que participaron en la operación de Aguas Blancas han sido procesados, abogados de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales, así como muchos políticos de la oposición, sostienen que el Estado no ha querido determinar la responsabilidad de los altos funcionarios del Estado de Guerrero, incluido el Gobernador. Compartían también esta convicción los ex agentes de policía con quienes se entrevistó la Relatora Especial en la cárcel de Acapulco. En febrero de 1996, el Procurador Especial presentó un informe a la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Guerrero en el que afirmaba que la Procuradoría no había hallado pruebas de la responsabilidad penal en los sucesos de Aguas Blancas de varios altos funcionarios del Estado, incluido el Gobernador, cuyos nombres habían mencionado. Además, el informe decía que la Procuraría compartía plenamente la opinión de la CNDH de que el Gobernador y el Secretario General de Gobierno de Guerrero no estaban implicados en la matanza y que, en consecuencia, no se iban a formular cargos contra ellos. La CNDH negó públicamente haber recomendado la exoneración de ambos dignatarios.
52. Con anterioridad, el 25 de febrero de 1996 se había pasado por la televisión nacional lo que, según se dijo, era la versión sin editar de la cinta de vídeo de la matanza. La cinta, en la que se veía que los campesinos del camión no se habían resistido a la policía y que iban desarmados, daba la impresión general de que la policía había actuado de manera premeditada y organizada y no, como se pretendía, a la desesperada tras haber sido atacada. Mientras estuvo en México, la Relatora Especial tuvo oportunidad de ver, además de la cinta de vídeo, un documental sobre la cuestión de la impunidad en el caso de Aguas Blancas. Supo que el documental no se había pasado por televisión debido a lo delicado de la cuestión de la impunidad de los altos funcionarios de la administración.
53. Tras el revuelo causado por la emisión televisiva de la cinta, el 4 de mazo de 1996 el Presidente de México pidió a la Suprema Corte de Justicia que investigara los hechos de Aguas Blancas con arreglo al artículo 97 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. Se recordará que, en las fases iniciales de la investigación, la Suprema Corte había decidido no asumir jurisdicción sobre el caso. De hecho, desde hacía más de 50 años la Suprema Corte no había asumido jurisdicción sobre ninguna causa con arreglo al artículo 97. Según ese artículo, el papel de la Corte en ese tipo de instrucción es meramente declaratorio y sus conclusiones no son vinculantes. La Suprema Corte determinó que se habían producido violaciones graves de los derechos humanos en el incidente de Aguas Blancas e hizo recaer la responsabilidad en el Gobernador de Guerrero y en otros siete altos funcionarios. Se remitió copia del fallo al Presidente de la República, al Congreso General de México, al Procurador General de la República, al Gobernador de Guerrero, al Congreso de Guerrero y al Tribunal Superior de Justicia de Guerrero. Sin embargo, la Suprema Corte no determinó que dichos altos funcionarios hubieran incurrido en responsabilidad penal, ya que, con arreglo al artículo 97, lo único que puede hacer es dictaminar sobre la materia que se le somete.
54. Después de la indagatoria de la Suprema Corte, no se ha llevado a cabo ninguna investigación más de la matanza de Aguas Blancas. El Procurador General de Guerrero, que anteriormente se había declarado incompetente para entender en la causa, mantuvo la misma posición, ya que, como las armas empleadas eran de uso exclusivo del ejército de México, conforme al derecho nacional el caso era competencia federal. El actual Procurador General de la República, que cuando ocurrieron los hechos en Aguas Blancas era Presidente de la CNDH, dijo a la Relatora Especial que los delitos de que se trataba quedaban dentro de la jurisdicción del Estado. Aunque la matanza se había hecho con armas de gran calibre, reservadas al ejército de México, la policía tiene licencia colectiva para portar dichas armas en el ejercicio de sus funciones y, por consiguiente, no violaba la ley federal. A la Relatora Especial no le convencieron las explicaciones dadas por el Procurador General de la República. La CNDH había investigado la cuestión con arreglo al artículo 60 de la ley de creación de la Comisión, que al parecer corresponde al artículo 14 de la ley orgánica de la Procuradoría General de la República, por la que se habilita al Procurador General a nombrar un procurador especial encargado de investigar y enjuiciar a los autores de aquellos delitos que, por su importancia especial, su interés o sus características, así lo exijan.
55. Una vez cerrada la indagatoria de la Suprema Corte, la Cámara de Diputados y el Congreso del Estado de Guerrero, lo mismo que el Procurador General del Estado, concluyeron que no había fundamento para declarar al Gobernador responsable penal o político en la causa. En marzo de 1996, el Sr. Figueroa pidió ser relevado de sus funciones para facilitar la investigación. El 30 de julio de 1997, el Presidente de la CNDH pidió que se volviera a abrir la investigación, cosa que no se ha hecho.
56. El 18 de febrero de 1998, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó su informe 49/97, relativo a los sucesos de Aguas Blancas. Sobre la base de la información recibida la Comisión llegaba a la conclusión de que la policía había iniciado el incidente. Se señalaba que, aun cuando se había avanzado significativamente en la investigación del delito y en el procesamiento de los autores, en lo que atañía a las autoridades gubernamentales del Estado de Guerrero, cuya responsabilidad era claramente presumible, no se había adelantado lo suficiente. La Comisión tomó nota de la decisión de la Suprema Corte en cuanto a la responsabilidad del ex Gobernador de Guerrero y otros altos funcionarios cuyos nombres se citaban, y de que el Procurador General de Guerrero se había negado a tomar medidas. Además, el 30 de mayo de 1996 el Congreso federal exoneró al Gobernador incluso antes de proceder a cualquier indagatoria legal sobre su actuación, impidiendo así que se le iniciara un procedimiento de destitución.
57. La Relatora Especial observa que antes de que se pasara el vídeo del incidente por la televisión nacional, las autoridades habían demostrado poco interés en volver a abrir el caso de Aguas Blancas, a pesar del informe de la CNDH en el que se señalaban las irregularidades que claramente había habido en la investigación. El que se declarara culpables y se encarcelara a varios policías puede en cierta medida disuadir y prevenir tragedias parecidas en el futuro. No obstante, el caso permite apreciar una falta notable de transparencia en todas las fases de la investigación, y se puede observar que quienes tienen influencia política siguen actuando con impunidad, lo que sigue socavando la confianza general de la población en el régimen jurídico y político de México. Un ordenamiento jurídico que permite que queden impunes los abusos de los derechos humanos no basta para disuadir a quienes, abusando de sus cargos públicos, siguen privando a la gente común de tales derechos, incluido el derecho inalienable a la vida.
58. Según fuentes gubernamentales, las personas que fueron muertas en El Charco por efectivos del ejército iban armadas. Ahora bien, la Relatora Especial recibió información contradictoria de diversas fuentes gubernamentales en cuanto a lo ocurrido verdaderamente en esa localidad. También hay discrepancia en las relaciones de los testigos, los familiares de las víctimas y las organizaciones no gubernamentales.
59. El 7 de junio de 1998, integrantes del ejército mexicano dieron muerte a 11 personas e hirieron a otras cinco en un incidente ocurrido en la escuela Caritino Maldonado Pérez, en la localidad de El Charco, Estado de Guerrero. La Procuradoría General de la República y otros representantes del Gobierno informaron exhaustivamente a la Relatora Especial sobre la operación de El Charco. Según la información proporcionada por la primera, entre la 1.00 y las 2.00 horas, una unidad del ejército, de patrulla ordinaria por la zona, observó en la escuela a un grupo de personas armadas presuntamente pertenecientes al EPR. La unidad del ejército rodeó la escuela y dijo a los que estaban en el interior que se entregaran. Un grupo de ellos salió del edificio corriendo y disparando, al parecer tratando de escapar. El ejército respondió al fuego y dio muerte a nueve personas. En el tiroteo que siguió, dos personas resultaron muertas y una herida dentro del edificio. Los 27 componentes del grupo restantes se entregaron al ejército, para ser luego trasladados a custodia policial. A las 6.00 horas la operación había concluido, y en el lugar de los hechos las autoridades recogieron 14 rifles automáticos, una pistola y 39 cargadores de munición.
60. Inmediatamente después del suceso, la CNDH envió un equipo de investigadores a El Charco. Sobre la base de sus observaciones, la CNDH concluyó que se había producido un enfrentamiento armado entre el ejército y elementos del EPR en dicha localidad. El examen de los cadáveres por el forense reveló que se había disparado contra ellos desde cierta distancia y con armas de gran velocidad. La CNDH no halló indicios de que se hubieran empleado granadas u otros explosivos. La Comisión también coincidió con las conclusiones del Procurador de que el ejército había sorprendido a un grupo en flagrante delito y que, en consecuencia, no había habido necesidad de dictar ningún auto u orden. Sin embargo, la CNDH sostuvo que el grupo, aunque estuviera armado, dormía cuando lo rodeó el ejército. La Comisión también hizo ver a la Relatora Especial una cinta de vídeo, al parecer filmada 24 horas después de los hechos, en la que aparecía uno de los principales sospechosos, la estudiante Erika Zamora Pardo, cuando la entrevistaba un investigador de la CNDH. La entrevistada reconoció que había habido armas en el edificio en el momento en que el ejército llevó a cabo la operación, pero dijo también que el ejército la había torturado con descargas eléctricas mientras la interrogaba. Se apreciaban claramente las lesiones que tenía en los pies, pero, según la CNDH, los médicos que la examinaron dijeron que no habían señales físicas que apoyaran su denuncia de tortura.
61. La Relatora Especial recibió considerable información sobre los sucesos de El Charco de las organizaciones no gubernamentales locales. En Chilpancingo, también oyó testimonios de sobrevivientes del incidente y habló con familiares de las víctimas. En su visita al Centro de Readaptación Social de Acapulco, pudo asimismo entrevistarse con algunas de las seis personas que siguen detenidas en relación con el incidente de El Charco, incluida la Srta. Zamora y otro estudiante, Efrén Cortez Chávez, quien también dijo que había sido torturado. Ambos negaron que el grupo estuviera dedicado a ninguna actividad armada cuando fue rodeado. La Srta. Zamora insistió en que estaban dormidos y que los despertó el ruido del movimiento de tropas.
62. La información proporcionada por fuentes no gubernamentales y testigos hace pensar que un grupo de unos 100 campesinos se había reunido en la escuela de El Charco para debatir cuestiones prácticas de las labores del campo. Dado que cuando terminó la reunión había anochecido, unos 50 de los participantes decidieron quedarse a pasar la noche en la escuela, y de hecho dormían cuando los despertaron los disparos. Algunos testigos dicen que dos personas resultaron muertas por las granadas arrojadas dentro del edificio y que otra resultó herida por fuego de arma automática. Otros lo negaban. A continuación, el ejército ordenó a los ocupantes que salieran de uno en uno y abrió fuego contra los que salían. A los que consiguieron salir vivos se les ordenó echarse al suelo, y muchos de ellos fueron maltratados. Los testigos también describieron cómo los soldados ejecutaron sumariamente a algunos civiles cuando ya estaban en el suelo. La mayoría de los testigos negaron categóricamente que hubiera habido armas en la escuela cuando se produjo la ofensiva del ejército. Los familiares de las víctimas afirmaron que algunos de los campesinos muertos no habían participado nunca en ningún movimiento campesino.
63. La Relatora Especial señala que la Procuradoría General de la República le había ofrecido una cinta de vídeo, según se dijo confiscada en el lugar de los hechos, que mostraba al grupo del EPR haciendo adiestramiento militar con armas automáticas. En el momento de escribirse el presente informe la cinta no se había entregado todavía, y la Relatora Especial lamenta que ese material no pueda tenerse en cuenta en la preparación del presente informe. Desafortunadamente, las autoridades repararon las paredes y ventanas del edificio a los tres días de la operación, eliminando así las huellas físicas del incidente. La Relatora Especial también toma nota de que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de México investigó los hechos de El Charco y llegó a la conclusión de que los tiroteos fueron una matanza y no el resultado de un enfrentamiento.
64. La Relatora Especial no está en condiciones de determinar todos los hechos del incidente. Todas las versiones recogidas por la Relatora Especial, salvo la del Gobierno, indican de forma convincente que las fuerzas armadas hicieron uso excesivo de la fuerza. También parece ser que la acción fue planeada y que el grupo de campesinos no fue sorprendido en delito flagrante. Los hechos relatados por la CNDH y los testigos lo confirman. Las denuncias de los testigos de fuego indiscriminado por parte de las fuerzas armadas y matanza de los que ya se habían rendido fueron rechazadas por las autoridades sin que se procediera a investigar seriamente el asunto. Los testimonios recogidos por la Relatora Especial la llevaron a la conclusión de que algunas de las personas presentes en la escuela estaban realmente armadas; no obstante, todavía no está claro en qué medida se puede calificar el incidente de enfrentamiento armado. El hecho de que no hubiera bajas entre los militares no parece apoyar las afirmaciones del Gobierno en ese sentido. La Relatora Especial también desea poner de relieve que, de haber habido realmente un intercambio de fuego, tampoco se justifican las violaciones de los derechos humanos, incluidas las ejecuciones sumarias, presuntamente cometidas por los militares. Tampoco es muy pertinente determinar si hubo resistencia armada desde el interior de la escuela, ya que al parecer los abusos se produjeron tras la rendición del grupo. La Relatora Especial tiene el convencimiento de que hay muy buenas razones para investigar las ejecuciones extrajudiciales llevadas a cabo por las fuerzas armadas en este incidente.
65. Además de los informes bien documentados y conocidos sobre casos de asesinatos en masa, la Relatora Especial recibió también gran cantidad de información relativa a casos individuales de supuestas ejecuciones extrajudiciales y de impunidad. Muchos de estos casos estaban relacionados, al menos parcialmente, con la violencia política reinante en Chiapas y en Guerrero, pero había muchos otros de todas partes de México. La Relatora Especial observa que el problema de las ejecuciones extrajudiciales y la impunidad parece registrarse en mayor medida en Guerrero y en Chiapas, pero de hecho se da en casi todo el país.
66. El 8 de septiembre de 1997, en el distrito de Buenos Aires, en México D.F., se produjo un enfrentamiento armado a causa de una redada policial que llevaron a cabo las unidades "Zorros" y "Jaguares" de la policía de México D.F. Murieron un policía y un civil, y resultaron heridos en el tiroteo un policía y varios civiles. Seis jóvenes fueron detenidos en el lugar del incidente. La policía se llevó a tres de ellos a una cantera de arena en Tlahuac, donde los mató a tiros. Los otros tres fueron conducidos a la comisaría de Balbuena. Días más tarde aparecieron los cadáveres de esos tres hombres en las inmediaciones de Cerro del Ajusco.
67. Como reacción a este incidente, la Procuradoría de Justicia entabló acciones penales contra 19 policías subalternos por abuso de autoridad. En las investigaciones del caso, la Comisión de Derechos Humanos de México D.F. determinó que había fuertes razones para suponer que los agentes de policía no habían actuado por iniciativa propia, sino que la operación había sido planeada y ordenada por oficiales superiores del cuerpo de policía que luego intentaron ocultar el incidente. En consecuencia, la Comisión recomendó que la Procuradoría de Justicia investigase el grado de responsabilidad que cabía a los tres oficiales superiores de policía en el incidente: el oficial al mando de la unidad "Zorros", el de la unidad "Jaguares" y el de la policía motorizada de México D.F. El 5 de junio de 1998, el Tribunal Superior del Distrito Federal ordenó la detención de los tres acusados de retener información y de encubrir a delincuentes. El Tribunal ordenó la detención del oficial al mando de los "Zorros", pero determinó que no había motivos suficientes para entablar una acción contra los otros dos oficiales, que fueron puestos en libertad. No obstante, el Tribunal reconoció que había pruebas que permitían suponer que los dos oficiales estaban al corriente de la detención de las seis víctimas. La investigación se reanudó posteriormente, y los dos oficiales se fugaron.
68. La Relatora Especial encuentra muy alentadora la energía con la que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal se ocupó de este caso con miras a logar que todos los autores intelectuales de los asesinatos extrajudiciales fueran procesados. Lamenta que, pese a los esfuerzos desplegados, los acusados lograran fugarse. Diversas organizaciones no gubernamentales han señalado que en muchos de los casos dados a conocer en que aparecen implicadas personalidades influyentes, los acusados han logrado escapar.
69. Cuando estaba en Chilpancingo, la Relatora Especial recibió información sobre el caso del Sr. Norberto Flores Baños, abogado, respetado activista de los derechos humanos y profesor de la Universidad de Guerrero, que fue asesinado en su despacho el 26 de mayo de 1995 y que venía recibiendo amenazas de muerte en relación con un caso en el que estaba trabajando, relativo a un reclamo de pensión de alimentos para un hijo. La Relatora Especial desea presentar este caso como ejemplo de la falta de transparencia del sistema judicial de México, evidente en los numerosos casos que se le han presentado. La Relatora Especial habló con la viuda del abogado, que dijo que a eso de las 10.30 de la mañana, dos hombres, supuestamente agentes de la policía judicial del Estado, entraron en la oficina del Sr. Flores Baños y lo mataron a tiros. Los dos atacantes escaparon en un coche conducido por un tercer policía que estaba esperando fuera. Los tres hombres fueron luego detenidos y declarados culpables de asesinato.
70. El Sr. Flores Baños había representado a la Sra. Rosalinda Vargas en un caso de reclamo de pensión de alimentos para su hijo iniciado contra el Sr. José Rubén Robles Catalán, con quien había tenido relaciones. En ese momento, el Sr. Catalán ocupaba el cargo de Secretario General del Gobierno del Estado de Guerrero. La Relatora Especial habló con la Sra. Vargas, que declaró que había sido amenazada y, en una ocasión, secuestrada y maltratada, desde que había entablado la demanda contra el Sr. Catalán. También estaba al corriente de las amenazas contra el Sr. Flores Baños. Al parecer, el detective que inicialmente investigó el asesinato le dijo a la Sra. Flores Baños que había fuertes sospechas de que el Sr. Catalán estaba detrás del asesinato de su marido y que, por haber descubierto pruebas que comprometían al Sr. Catalán, él mismo temía por su vida, preocupación que se comunicó al que era entonces Gobernador del Estado. Seis semanas más tarde, se informó de que el detective había muerto en un accidente automovilístico. El oficial asesinado había grabado una declaración en vídeo en la que presentaba pruebas que indicaban la participación del Sr. Catalán en el asesinato del Sr. Flores Baños. No obstante, ese material, al parecer, no se tuvo en cuenta en la investigación del caso. Parece ser, además, que el expediente del asesinato del Sr. Flores Baños estuvo perdido durante nueve días, hasta que una mano anónima lo puso en el buzón de la Sra. Flores Baños. La Sra. Flores Baños también habló con un periodista que dijo que estaba experimentando dificultades que no describió, y que temía por su vida desde que su periódico había exigido que se iniciasen acciones judiciales contra el Sr. Catalán. La Sra. Flores Baños y el periodista señalaron este hecho a la atención de las autoridades, pero no se les prestó atención. Posteriormente el periodista fue asesinado de forma análoga a la del detective. Al parecer no se ha detenido a nadie por la muerte de los dos hombres. La Sra. Flores Baños dijo que recibía amenazas telefónicas en que se la conminaba a abandonar su reclamo contra el Sr. Catalán. Se señaló además a la Relatora Especial que el Sr. Catalán también fue citado por la CNDH y la Suprema Corte como uno de los responsables de los asesinatos de Aguas Blancas. El Sr. Catalán no se encuentra entre los procesados por ese caso.
71. Si bien la Relatora Especial no está en condiciones de examinar el caso del Sr. Flores Baños, ni de pronunciarse sobre sus méritos, observa que la información disponible indica que ha habido graves irregularidades y omisiones en las investigaciones. En el curso de su reunión con el actual Gobernador de Guerrero, la Relatora Especial expresó su preocupación por la impunidad generalizada de que gozan las personas con cargos de autoridad, y citó como ejemplo el caso del Sr. Flores Baños. El Gobernador compartió su preocupación a ese respecto y lamentó las prácticas del pasado. Aseguró a la Relatora Especial que mientras él ocupara un cargo público velaría por que se hiciera plena justicia.
72. La Relatora Especial recibió una serie de informes de violaciones de los derechos humanos, con inclusión de ejecuciones extrajudiciales, atribuidas a grupos de la oposición armada y otros elementos no vinculados al Estado. Muchas de estas denuncias se relacionaban con las actividades del EZLN, en tanto que otras se referían a grupos armados que los denunciantes describían como grupos paramilitares. La Constitución de México permite a los ciudadanos tener armas en sus hogares para su protección y legítima defensa, con excepción de las armas expresamente prohibidas por ley o reservadas para uso exclusivo de las fuerzas armadas o la guardia nacional. La posesión de armas de fuego por particulares está reglamentada por ley.
73. La Relatora Especial se entrevistó con las familias de personas asesinadas por el EZLN por apoyar al Gobierno o por negarse a cooperar con el EZLN. La Relatora Especial también recibió muchos otros informes de organizaciones no gubernamentales y de las familias de las víctimas. Estas personas parecían temerosas e intimidadas, y se mostraban reacias a hablar abiertamente de las violaciones de los derechos humanos cometidas por el EZLN. La Relatora Especial reconoce que el Gobierno de México hace frente a una situación delicada en sus tratos con el EZLN. Es evidente que está en un aprieto: ha firmado un acuerdo de paz con el EZLN, y cualquier violación puede convertirse en una grave situación de conflicto armado. Al mismo tiempo, ningún gobierno puede dejar de actuar ante el asesinato de personas inocentes. Por esta razón, el Gobierno ha expresado su interés en reanudar las negociaciones con el EZLN. El Coordinador para el Diálogo y la Negociación de Chiapas expresó su preocupación por el actual punto muerto. La Relatora Especial está convencida de que es imperativo llegar a una solución política y alcanzar la reconciliación para controlar la violencia y poner fin a las violaciones del derecho a la vida en el Estado de Chiapas.
74. El EZLN, otros grupos y particulares denunciaron asesinatos cometidos por los que describieron como grupos paramilitares que actúan en Chiapas. En los tres últimos años, se ha atribuido a estos grupos armados un número cada vez mayor de ataques violentos, que incluyen asesinatos de miembros y partidarios del EZLN. El EZLN afirma con vehemencia que hay vínculos entre los grupos paramilitares y el Gobierno. El Gobierno lo niega y se refiere a estos grupos como "grupos civiles armados". La Relatora Especial invitó a los denunciantes a presentar pruebas de esos vínculos. La Relatora Especial comunicó a los medios de difusión que estaba dispuesta a recibir a cualquier grupo o persona que deseara facilitar información relacionada con su mandato, incluido las violaciones de los derechos humanos cometidas por los grupos paramilitares. El EZLN en un principio manifestó interés en reunirse con la Relatora Especial, pero finalmente decidió no hacerlo y le envió, en cambio, una carta detallada en la que expresaba su falta de confianza en las Naciones Unidas. No obstante, el EZLN proporcionó los nombres de personas que según dijo habían sido asesinadas por el ejército y los paramilitares. La carta afirmaba que los que participaron en los asesinatos de partidarios del EZLN habían sido recompensados por el Gobierno. Lamentablemente, la Relatora Especial no pudo verificar estas denuncias, ya que recibió esta información apenas unas horas antes de partir de Chiapas.
75. La Relatora Especial se entrevistó con muchos particulares y miembros de la sociedad civil que pensaban que los paramilitares eran adiestrados y protegidos por el ejército mexicano. Recibió también un ejemplar del manual preparado por el ejército en que se describen técnicas de contrainsurgencia, como prueba del adiestramiento que el ejército daba a esos grupos. Se le dijo que los paramilitares podían tenían fácil acceso a los políticos partidarios del Gobierno y a los hacendados y, por consiguiente, gozaban de su protección. También han sido víctimas de la violencia de los grupos paramilitares miembros del PRD. Afirman que 292 activistas del partido fueron asesinados entre julio de 1988 y enero de 1995, en su mayor parte por los paramilitares. También se ha señalado que los paramilitares poseen gran cantidad de armas automáticas, que no parece que los campesinos normales se puedan costear. El Sr. Gilberto López Rivas, diputado federal del PRD, publicó recientemente un informe en el que describía los diversos grupos paramilitares y sostenía que muchos de estos grupos habían aparecido después de hacerse manifiesta la actividad del ejército en Chiapas.
76. También se señaló a la atención de la Relatora Especial que el Gobierno había propuesto promulgar una ley para desarmar a los paramilitares. Se expresó el temor de que esta ley concediera impunidad o amnistía a responsables de asesinatos. Se consideraba que la ley propuesta era otra concesión a los paramilitares. Sin embargo, ninguna de las fuentes pudo proporcionar pruebas importantes o directas de los vínculos del Gobierno con los grupos paramilitares.
77. El Gobierno está informado de estas acusaciones, y las niega con vehemencia. Las tilda de propaganda mal intencionada y tiene la convicción de que ni el ejército ni las autoridades locales apoyan a los grupos paramilitares. En lo que respecta al manual mencionado, dice que se tata sencillamente de instrucciones para la protección de las comunidades locales vulnerables contra grupos militantes como el EZLN. Funcionarios gubernamentales señalaron que en México no es difícil conseguir armas debido al tráfico que tiene lugar a través de la frontera. Expresaron su determinación de adoptar medidas contra todos los tipos de grupos armados, de conformidad con la ley. No obstante, un funcionario reconoció que el Gobierno era renuente a desarmar a los grupos armados en Chiapas, ya que tanto ellos como sus partidarios se tenían que proteger del EZLN, que estaba muy bien armado.
78. Sería improcedente sacar conclusiones respecto de posibles vínculos entre los paramilitares o grupos civiles armados y las autoridades. El ambiente en el Estado de Chiapas está políticamente cargado. Desentrañar la verdad en semejantes circunstancias no es posible, y toda observación a este respecto sería susceptible de interpretación política. La Relatora Especial, por consiguiente, se limitó a reproducir la información que se le proporcionó. No obstante, la existencia de grupos paramilitares armados plantea una grave amenaza a las vidas de los ciudadanos, y la continuada presencia de esos elementos sólo puede agregar más violencia a la situación, ya polarizada y tensa, que predomina en Chiapas.
79. Según se informa, en los últimos años los defensores de los derechos humanos y los miembros de las organizaciones no gubernamentales de México han seguido recibiendo frecuentes amenazas de muerte. Al parecer, los activistas de los derechos humanos que actúan en zonas rurales distantes están particularmente expuestos a actos de violencia e intimidación. Tras su visita a México, la Relatora Especial fue informada de que miembros de la organización no gubernamental Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez habían recibido amenazas de muerte. Se informó de que el 3 de septiembre de 1999 la organización recibió dos cartas con amenazas para la vida de su Director, Edgar Cortez Morales, y de la Coordinadora del departamento jurídico, Digna Ochoa y Plácido. El 6 de septiembre de 1999 la Relatora Especial envió un llamamiento conjunto con el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión en el que se instaba al Gobierno a que investigara esa denuncia y garantizara la seguridad de las personas amenazadas. Posteriormente se supo que el 9 y el 14 de septiembre la organización había sido objeto de nuevas amenazas, y que se habían recibido más cartas de la misma índole en la oficina de la organización en México D.F. El 17 de septiembre de 1999, los dos Relatores Especiales enviaron otro llamamiento conjunto en el que reiteraban su preocupación por la persistencia de las amenazas y solicitaban que el Gobierno les informase de las medidas adoptadas con respecto a las denuncias anteriores de amenazas de muerte, mencionadas en su primera comunicación al Gobierno. Preocupan especialmente a la Relatora Especial las recientes amenazas de muerte contra los miembros del PRODH; también teme por la seguridad de la Sra. Ochoa.
80. El 22 de septiembre de 1999, el Gobierno respondió al llamamiento conjunto del 6 de septiembre afirmó que condenaba cualquier tipo de amenaza contra las organizaciones civiles y añadió que funcionarios de la CNDH y miembros de las fuerzas de seguridad pública habían estado en contacto con representantes del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez para concertar las medidas que se debían adoptar para reforzar su seguridad.
81. Anteriormente también hubo numerosas denuncias de amenazas de muerte dirigidas contra periodistas mexicanos. De conformidad con información procedente de fuentes no gubernamentales, entre enero de 1997 y abril de 1998, por lo menos 81 a 84 periodistas recibieron amenazas de muerte y cuatro fueron objeto de intentos de asesinato. En 1997 fueron asesinados cuatro periodistas. Las mismas fuentes afirman que solamente en 1998 hubo 202 casos de violencia contra periodistas.
82. Antes de su misión en México, la Relatora Especial había enviado varias cartas urgentes al Gobierno para exhortar a las autoridades a que adoptasen todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad e integridad de los periodistas que, según lo informado, habían sido amenazados de muerte. El 15 de febrero de 1999 se envió un llamamiento urgente conjunto con el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión respecto del Sr. Enrique Gutiérrez, periodista del diario El Sur, que al parecer fue atacado y amenazado de muerte mientras informaba sobre las elecciones del 7 de febrero en Acapulco. Se informó de que el periodista había recibido amenazas de un funcionario del municipio de Acapulco. El 26 de abril de 1999 se envió otro llamamiento conjunto con el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión en relación con la Sra. Carina Ochoa y otros empleados de la revista La Guillotina, que, según se informó, habían recibido repetidas amenazas de muerte por su labor de periodistas.
83. En México D.F. la Relatora Especial se entrevistó con representantes de las organizaciones no gubernamentales que se dedican a la protección de los derechos y la situación de los periodistas de México. Se le informó de que en 1998 la Academia Mexicana de Derechos Humanos había iniciado un programa especial destinado a proteger a los periodistas de la violencia a que deben hacer frente en el ejercicio de su profesión. Bajo los auspicios de este programa, la Academia estableció una Comisión de Protección de los Periodistas, que en 1999 publicó su primer informe. En ese informe, la Comisión presentó cinco ejemplos ilustrativos de ataques y amenazas de muerte contra periodistas.
84. Entre los casos examinados se contaba el del Sr. Benjamín Flores González, director del diario La Prensa, que fue asesinado el 15 de julio de 1999 en San Luis Río Colorado, Sonora. El día antes de ser asesinado, había publicado un artículo acerca de supuestos privilegios concedidos en la cárcel al Sr. Jaime González Gutiérrez, narcotraficante notorio. Al parecer, el Sr. Flores también había ayudado a la policía a identificar y detener al delincuente. Si bien finalmente fueron detenidas cuatro personas por el asesinato del Sr. Flores, se dice que los autores intelectuales del asesinato siguen en libertad. Aparentemente, varios periodistas que informaron sobre el caso del Sr. González Gutiérrez también han recibido amenazas de muerte.
85. Desde 1993 se han registrado en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, un total de 193 asesinatos, en su mayor parte de mujeres jóvenes. Han sido asesinadas niñas de 15 años, generalmente tras haber sido violadas y en muchos casos mutiladas. Muchas más han "desaparecido" y no figuran en las estadísticas oficiales compiladas por las autoridades. La Relatora Especial prestó particular atención a estos delitos. Las familias de las víctimas y casi todas las organizaciones de mujeres de todo el país abrigaban serias dudas acerca de la intención de las autoridades de investigar estos delitos. Las organizaciones no gubernamentales de mujeres proporcionaron recortes de prensa donde figuraban declaraciones de funcionarios del Gobierno y del Procurador General del Estado de que las víctimas eran mujeres que "estaban buscando que las mataran". Se señaló que esta serie de delitos se producían en la impunidad debido, por un lado, a la inactividad de las autoridades, y, por otro, a sus declaraciones públicas que envalentonaban a los culpables. Se acusaba a las autoridades y la policía de tener prejuicios basados en el sexo.
86. En México D.F. la Relatora Especial tuvo la oportunidad de hablar con varias familias cuyas hijas habían sido víctimas de estos delitos. En todos los casos consideraban que sus peticiones de una rápida investigación de los asesinatos habían sido totalmente desatendidas. En los informes en los que se resumen estos casos también se señalan graves deficiencias en las investigaciones de la policía. La mayoría de las víctimas eran mujeres jóvenes que acababan de llegar a Ciudad Juárez para trabajar en una de las numerosas maquiladoras próximas a la frontera con los Estados Unidos de América. Otras eran estudiantes que trabajaban a jornada parcial para pagar sus estudios. En muchos de los casos descritos en detalle a la Relatora Especial, no hubo investigación o, si la hubo, fue muy superficial, y los familiares de las víctimas habían sido tratados con indiferencia y arrogancia por las autoridades. Algunas fuentes indicaron que las autoridades habían intentado activamente ocultar algunos de los casos. Se denigraba la integridad de las víctimas, que se daba como justificación de los asesinatos. Muchas familias se quejaron de que ni siquiera se les había informado de que el cadáver de su familiar había sido recuperado. Por lo general, se enteraban por la prensa y tenían que esperar varios días antes de recuperar el cuerpo. Otros se quejaron de que la policía solía tirar los cuerpos mutilados y en descomposición a la puerta de su casa, con observaciones despreciativas sobre la víctima. Diversas familias y varias organizaciones no gubernamentales de mujeres afirmaron que las autoridades protegían a personalidades influyentes.
87. El 23 de julio la Relatora Especial viajó a Ciudad Juárez, donde mantuvo conversaciones con funcionarios de la Procuradoría General de Justicia del Estado, incluida la Procuradora Especial que se acababa de nombrar para que dirigiera las investigaciones. También se entrevistó con representantes de la comunidad empresarial de la ciudad, la mayoría de los cuales eran directores de maquiladoras donde muchas de las víctimas habían trabajado, y tuvo conversaciones con representantes sindicales y abogados.
88. La Procuradora Especial reconoció que era posible que hasta ahora las autoridades no hubieran investigado los hechos con la diligencia debida. No obstante, aseguró a la Relatora Especial que el nuevo equipo de la Procuradoría que se había hecho cargo de la investigación en octubre de 1998, se estaba esforzando por corregir los errores del pasado y últimamente había avanzado considerablemente. Dijo además que se había creado un programa de asesoramiento para ayudar a las familias de las víctimas.
89. La Relatora Especial observó que el Gobierno, al descuidar deliberadamente la protección de las vidas de los ciudadanos por razón de su sexo, había provocado una sensación de inseguridad en muchas de las mujeres de Ciudad Juárez. Al mismo tiempo, había logrado indirectamente que los autores de esos delitos quedaran impunes. Por lo tanto, los sucesos de Ciudad Juárez son el típico ejemplo de delito sexista favorecido por la impunidad. La conducta arrogante de algunos funcionarios públicos y su manifiesta indiferencia antes estos delitos permiten concluir que muchos de ellos fueron deliberadamente pasados por alto por la mera razón de que las víctimas eran "sólo" muchachas corrientes y, por lo tanto, no eran consideradas una gran pérdida. Cabe temer que, como consecuencia de los retrasos y las irregularidades, se hayan perdido tiempo y datos muy valiosos. Por otra parte, la Relatora Especial celebra el entusiasmo demostrado por la nueva Procuradora Especial y el claro cambio de actitud de los funcionarios que actualmente se ocupan de la investigación. Por eso, no cree que estas muertes se encuadren estrictamente dentro de su mandato relacionado con las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. Además, habida cuenta de la especial naturaleza de estos delitos, los ha puesto en conocimiento de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer.
90. En el informe que presentó a la Comisión de Derechos Humanos en su 55º período de sesiones, la Relatora Especial manifestó preocupación ante los continuos informes de asesinatos de personas por la sola razón de su orientación sexual. Advirtió que, como consecuencia de la persecución social generalizada de las minorías sexuales, aumentaba el riesgo de que fueran objeto impunemente de actos violentos. Cuando se preparaba para su misión, la Relatora Especial tuvo conocimiento de que varios homosexuales habían sido asesinados en México. Según los informes, la reacción de las autoridades ante estos delitos favorecía su impunidad. En México D.F., la organización no gubernamental Comisión Ciudadana contra los Crímenes de Odio por Homofobia facilitó a la Relatora Especial información complementaria sobre el particular.
91. Según dicha información, en el período comprendido entre enero de 1995 y mayo de 1997 al menos 125 personas, 120 de ellas hombres, fueron asesinadas a causa de su orientación sexual. Según los informes, sólo en la capital se cometieron 65 de esos asesinatos. Al parecer, la mayoría de las víctimas fueron asesinadas de manera extremadamente violenta y brutal: muchas de las víctimas fueron halladas desnudas y atadas de pies y manos, y habían sido torturadas, acuchilladas, estranguladas o mutiladas. La Relatora Especial manifestó también su inquietud por que la actitud parcial de las autoridades y las noticias tendenciosas de los medios de difusión contribuyeran a crear un clima de impunidad e indiferencia respecto de los delitos cometidos contra las minorías sexuales.
92. La Relatora Especial transmitió su preocupación a las autoridades y a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, que afirmaron que no se discriminaba contra nadie por razón de su orientación sexual a los efectos de realizar una investigación o juzgar a los autores de un delito.
93. Aunque en el ordenamiento mexicano existe la pena de muerte, no se ha ejecutado a nadie desde 1937. Con arreglo al artículo 22 de la Constitución de México, puede imponerse la pena de muerte al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar. En el mismo artículo se prohíbe expresamente la pena de muerte por delitos políticos. En ninguno de los códigos penales de los estados que constituyen la federación existe la pena de muerte, que sólo se mantiene en la justicia militar. Durante su estancia en México, la Relatora Especial pidió por escrito al Secretario de Gobernación que aclarara las manifestaciones atribuidas a su predecesor, según las cuales, el Gobierno estaba considerando la posibilidad de volver a aplicar la pena de muerte. La Relatora Especial no tuvo respuesta por escrito, aunque, en sus reuniones con las autoridades, éstas negaron que hubiera ningún plan de cambiar de política en relación con la pena de muerte. Se informó también a la Relatora Especial de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos estaba examinado la posibilidad de proponer que se reformaran las leyes sobre la pena de muerte para proteger mejor los derechos humanos. Además, el Gobierno ha dicho que es posible que ratifique el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.
94. México atraviesa un período difícil, en el que la polarización política y la violencia empañan el progreso. Hay que tomar urgentemente medidas preventivas que disminuyan las tensiones y reduzcan la violencia a fin de proteger la vida y la seguridad de los civiles inocentes que son víctimas de la policía, las fuerzas armadas, los grupos paramilitares y los grupos armados de la oposición.
95. El Gobierno de México es capaz de vencer los obstáculos contra la protección de las vidas de sus ciudadanos y las demás personas que habitan el país. El Gobierno tiene los mecanismos administrativos necesarios para dominar la situación. Conoce además las raíces del problema y ha tratado de abordar los tres temas capitales del acceso a la justicia, el fomento de la democracia y el fortalecimiento de las comunidades locales mediante, respectivamente, la modificación del ordenamiento jurídico y el sistema judicial, la adopción de reformas electorales y de otra índole, y el inicio del diálogo y el fomento de la autonomía económica y política. El problema consiste en aplicar las medidas con voluntad y determinación.
96. El pueblo es firme partidario de la justicia y de que se ponga fin a la cultura de la impunidad. El mayor capital de México es su sociedad civil. La determinación de sus componentes de defender los derechos humanos es clara y alentadora. La Relatora Especial observa que la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, los medios de difusión y los particulares, han sido a menudo decisivos en la tarea de presionar a las autoridades competentes para que investigaran ejecuciones extrajudiciales o reabrieran sumarios cerrados.
97. El Gobierno ha tomado algunas medidas iniciales para garantizar el derecho a la vida de todas las personas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por desgracia, estas medidas positivas no han sido suficientes para corregir la situación, pues persisten las ejecuciones extrajudiciales y la impunidad de quienes las cometen. Aunque han disminuido apreciablemente en el último año, siguen cometiéndose muchos asesinatos y actos de violencia. El Gobierno federal no puede ocultarse detrás de la pantalla del "federalismo", como hizo en el asunto de Aguas Blancas, para dejar impunes a personas influyentes. El Gobierno tiene la obligación jurídica de hacer cumplir los tratados y principios internacionales, aun cuando según el derecho interno esta o aquella violación de los derechos humanos incumba a la jurisdicción regional o estatal.
98. La ineficacia de la justicia ha permitido que se violen los derechos humanos. Su falta de competencia para juzgar a los militares por violar los derechos humanos de los civiles limita la independencia de los tribunales ordinarios. Convendría pedir al Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados que hiciera un análisis completo del sistema judicial de México.
99. En el párrafo 4 de los Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, se dice lo siguiente: "Se garantizará una protección eficaz, judicial o de otro tipo, a los particulares y grupos que estén en peligro de ejecución extralegal, arbitraria o sumaria, en particular a aquellos que reciban amenazas de muerte". Es evidente que la conducta de las autoridades estatales del máximo rango antes, durante y después de la matanza de Acteal no se ajusta a este principio fundamental, y que los culpables de omisión o negligencia graves no tuvieron que dar cuenta de sus actos.
100. En el artículo 3 del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se dice que éstos "… podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas". Esta norma viene especialmente a propósito en relación con los sucesos de El Bosque, Aguas Blancas y El Charco, donde hay claros indicios de que el Gobierno utilizó deliberada y premeditadamente una fuerza excesiva y desproporcionada, que desembocó en varias ejecuciones extrajudiciales.
101. Los procuradores federales y estatales no cumplen los párrafos 12 y 13 b) de las Directrices sobre la Función de los Fiscales aprobadas por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. Según el párrafo 12, "[l]os fiscales, de conformidad con la ley, deberán cumplir sus funciones con imparcialidad, firmeza y prontitud, respetar y proteger la dignidad humana y defender los derechos humanos, contribuyendo de esa manera a asegurar el debido proceso y el buen funcionamiento del sistema de justicia penal. En el párrafo 13 se añade que: "En cumplimiento de sus obligaciones, los fiscales: … b) Protegerán el interés público, actuarán con objetividad, tendrán debidamente en cuenta la situación del sospechoso y de la víctima, y prestarán atención a todas las circunstancias pertinentes, prescindiendo de que sean ventajosas o desventajosas para el sospechoso". En cuanto a los sucesos de Aguas Blancas, no se ha reabierto la investigación a pesar de las conclusiones de la Suprema Corte de Justicia de México. En los asuntos que la Relatora Especial examina en el presente informe, la investigación tropezó, entre otros obstáculos, con falta de transparencia, encubrimiento, detención selectiva de sospechosos y presiones de otros jueces. La facultad discrecional de los procuradores respecto de la apertura de una investigación criminal ha dado lugar a graves injusticias y a la impunidad de personas culpables de violaciones de los derechos humanos.
102. Las autoridades mexicanas competentes son reacias a hacer responsables de sus actos a los militares por ejecuciones extrajudiciales y otras transgresiones de los derechos humanos. Así se observó especialmente en relación con los sucesos de El Charco. Los tribunales ordinarios no pueden juzgar a los militares por violaciones de los derechos humanos aunque las víctimas sean civiles. El procesamiento de los militares está en manos del Procurador General Militar, subordinado a la Secretaría de la Defensa Nacional. Preocupa a la Relatora Especial que esta situación, unida al problema de las presiones de los colegas y la lealtad profesional mal entendida, vaya en perjuicio de las víctimas civiles y sus familiares y limite enormemente las posibilidades de que las causas que les afectan se sustancien en un tribunal competente, independiente e imparcial, con arreglo a los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura.
103. La persistencia de las amenazas contra la vida de los defensores de los derechos humanos indica que el Gobierno no ha adoptado, a pesar de sus promesas, las medidas necesarias para proteger a estas personas y eliminar las amenazas contra su seguridad. La Relatora Especial elogia la labor de las organizaciones no gubernamentales, desarrollada a menudo en circunstancias difíciles, pero advierte que muchas de ellas actúan en situaciones de violencia y polarización políticas en las que a veces les es difícil mantener una imagen de neutralidad, lo que puede restarles eficacia para fomentar la confianza entre comunidades divididas.
104. La Relatora Especial insta al Gobierno de México a que continúe las reformas iniciadas. Para solucionar las causas estructurales de la violencia es indispensable hacer cambios fundamentales. Al mismo tiempo, hay que reorientar y reforzar las instituciones y la maquinaria administrativa para que se cumplan las normas de derechos humanos.
105. Hay que pedir al Gobierno que aproveche el apoyo de la comunidad internacional a sus iniciativas encaminadas a que en la administración y en la política se tengan en cuenta los derechos humanos. El aumento de las tensiones de aquí a las elecciones generales de 2000 puede desembocar en actos violentos. A veces éstos pueden evitarse aceptando alguna forma legítima de presencia internacional, razón por la cual el Gobierno debería examinar la posibilidad de invitar a observadores internacionales para las elecciones generales de 2000.
106. La Relatora Especial celebra que el Gobierno esté dispuesto a reanudar el diálogo con grupos políticos armados como el EZLN y a examinar la posibilidad de conceder mayor autonomía a las regiones habitadas por comunidades indígenas para eliminar tensiones. El Gobierno debe utilizar toda su capacidad para superar el estancamiento de sus conversaciones con el EZLN y para eliminar las amenazadas que pesan sobre la vida de sus ciudadanos.
107. La Relatora Especial recomienda al Gobierno de México que:
a) Adopte medidas efectivas para proteger la vida de los defensores de los derechos humanos, incluidos los periodistas, de conformidad con la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, aprobada por la Asamblea General en su resolución 53/144, de 9 de diciembre de 1998. Como parte de estas medidas, el Gobierno debe esforzarse por crear una situación propicia para el desarrollo de la sociedad civil y la protección de los derechos humanos;
b) Logre la desmilitarización de la sociedad y evite delegar en las fuerzas armadas el mantenimiento del orden público o la lucha contra el delito;
c) Tome medidas para reforzar la independencia de las procuradorías, desde las federales hasta las locales;
d) Proporcione a las personas cuyos derechos humanos hayan sido vulnerados o a sus familiares la posibilidad de entablar acciones penales independientemente de la Procuradoría General;
e) Ponga fin a la impunidad de que gozan ciertas clases y categorías privilegiadas;
f) Inicie las reformas necesarias para que los tribunales ordinarios puedan juzgar a todas las personas acusadas de violaciones de los derechos humanos, cualquiera que sea su profesión;
g) Prosiga las labores de capacitación y concienciación de la policía y las fuerzas armadas en materia de derechos humanos;
h) Refuerce a la CNDH y las comisiones estatales de derechos humanos, incluida la del Distrito Federal. Debería alentarse a las comisiones a mantener contactos periódicos con las fuerzas de seguridad;
i) Derogue las leyes en que se establece la pena de muerte, de manera que la actual situación fáctica se convierta en legal. La Relatora Especial pide además al Gobierno de México que ratifique el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.
108. La Relatora Especial reconoce que estas recomendaciones no son en absoluto exhaustivas ni nuevas. El Gobierno, la sociedad civil y la prensa de México las debaten corrientemente. La Relatora Especial quiere simplemente subrayar la necesidad de adoptarlas antes de que se pierdan vidas preciosas.
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