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| "Cualquier
uso de las armas nucleares, ya sea por accidente o por voluntad, pronostica
la pérdida de vidas y la dislocación económica
a una escala catastrófica. Detener la priliferación
de dichas armas y su potencial de uso por actores Estatales y no Estatales,
debe proseguir como una urgente prioridad para la seguridad colectiva."
-Informe del Panel de Alto Nivel sobre Amenazas, Desafios y Cambios
del Secretario General de la ONU. |
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Antecedentes
La Conferencia de
Revisión de las Partes del Tratado de No Proliferación de
Armas Nucleares 2005 se reunirá en la Sede de Naciones Unidas en
Nueva York, del 2 al 27 de mayo de 2005. El Presidente electo para la
Conferencia es el Sr. Sérgio de Queiroz Duarte, Embajador especial
de Brasil.
El Tratado, particularmente
el Artículo VIII, párrafo 3, vislumbra una revisión
de la aplicación del Tratado cada cinco años. Dicha provisión
fué reafirmada por los Estados Miembros en la Conferencia de Revisión
y Extensión de 1995 y en la Conferencia de Revisión del
2000.
En la Conferencia
de Revisión del 2005, los Estados Miembros analizarán la
implementación de las provisiones del Tratado desde el año
2000.
El Tratado de No Proliferación
(TNP) es un documento internacional histórico, cuyo objetivo es
el prevenir la diseminación de armas nucleares y su tecnología
armanentista, el promover la cooperación en el uso pacifico de
la energia nuclear y el promover el objetivo de lograr el desarme nuclear
así como el desarme completo y total. El TNP es el único
compromiso que obliga a los Estados con armas nucleares, a lograr el objetivo
del desarme.
Abierto para adhesión
en el año de 1968, el Tratado entró en función en
el año de 1970. Desde su entrada en vigor, el TNP ha sido la piedra
angular para el régimen global de no proliferación nuclear.
La adherencia al Tratado por parte de 188 Estados, incluyendo a los cinco
Estados con armas nucleares, posiciona al Tratado como el acuerdo multilateral
sobre desarme, con más alcance en el mundo.
Historia del Tratado
Desde el inicio de
la era nuclear, y el uso de armas nucleares en Hiroshima y Nagasaki en
1945, se ha hecho notable que el desarrollo de la capacidad nuclear de
los Estados los habilita a desviar tecnología y materialse para
propósitos armamentistas. El problema de prevenir estas desviaciones
se volvió un tópico central en las discusiones del uso pacífico
de energía nuclear. En 1946, comienzan los esfuerzos iniciales
para crear un sistema internacional que habilitara a todos los Estados
a tener acceso a tecnología nuclear bajo las medidas de prevención
apropiadas, estos esfuerzos culminaron en 1949 sin alcanzar su objetivo,
debido a las serias diferencias políticas entre las grandes Potencias.
Desde ese momento, los Estados Unidos y la Unión Soviética,
comenzaron a probar armas nucleares y a construir sus arcenales.
En Diciembre de 1953,
el Presidente de los Estados Unidos Dwight D. Eisenhower en su propuesta
Átomos para la Paz, presentada en la octava sesión
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, urgía a que se estableciera
una organización internacional para diseminar la tecnología
internacional, mientras velara por el no desarrollo de capacidades armamentistas
en países adicionales. Su propuesta resultó en el establecimiento
en 1957 de la Agencia Internacional de la Energía Atómica
(AIEA), que tiene la responsabilidad dual de control y promoción
de la tecnología nuclear. Las actividades de asistencia técnica
de la AIEA comenzaron en 1958. Un sistema interno de salvaguarda para
los reactores nucleares pequeños, fue instaurado en 1961 y reemplazado
en 1964 por un sistema que cubría instalaciones más largas
y, a partir de los siguientes años, se expandió para incluir
facilidades nucleares adicionales (INFCIRC/66 y revisiones). En los años
recientes, los esfuerzos para reforzar la efectividad y para mejorar la
eficiencia del sistema de seguridad de la AIEA culminaron en la aprobación
del Protocolo del Modelo adicional (INFCIRC/540) por el Consejo de Directores
de la AIEA en Mayo de 1997.
Dentro del marco de
las Naciones Unidas, el principio de la no proliferación nuclear
se ha abordado en negociaciones desde 1957 y logró una proyeccion
significativa a principios de la década de 1960. La estructura
del Tratado para mantener la no proliferación como una norma de
comportamiento interncional, se volvió más clara a mediados
de los 60s. Para 1968 se alcanzó un acuerdo final para un Tratado
que pevenía la proliferación de armas nucleares, habilitaba
la cooperación para el uso pacífico de energía nuclear
y para la meta próxima de alcanzar el desarme nuclear. El tratado
preveía, en el artículo X, la realización de una
conferencia a celebrarse 25 años depués de su entrada en
vigor, con el fin de decidir si el tratado debía continuar aplicándose
indefinidamente, o se debería de extender a un periodo o periodos
fijos adicionales.
De acuerdo con la
Conferencia de Revisión y extensión TNP en mayo de 1995,
los Estados parte del Tratado, acordaron, sin voto, la indefinición
de la extensión del Tratado y decidieron que las conferencias de
revisión deberían continuar llevandose a cabo cada 5 años.
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